1. ¿En qué consiste?
Es el trámite mediante el cual las personas físicas o morales puede solicitar el cambio de nombre (denominación) autorizado por la autoridad para su plantel educativo.
2. ¿A quién está dirigido?
Personas físicas o morales que acrediten su interés legítimo para solicitar dicho cambio.
3. ¿Dónde se realiza?
En la ventanilla número 8 de la Subdirección de Reconocimiento adscrita a la Dirección de Instituciones Particulares de Educación Superior, en un horario de atención 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles.
4. ¿Cuáles son los requisitos?
Escrito libre en el cual el particular solicite dicho cambio y proponga una terna de nombres a utilizar por dicha institución de los cuales uno será elegido por la autoridad educativa siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 26 del Acuerdo número 279 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del tipo superior publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2000.
5. ¿Cuál es el tiempo de respuesta o realización del servicio?
De 10 a 15 días hábiles.
6. ¿Cuál es el costo?
No tiene costo alguno, el trámite es gratuito.
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Avisos de Cambios que Inciden en el Acuerdo de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del tipo superior (SEP-18-005 D)
Preguntas Frecuentes
Secretaría de Educación Pública | 01 de enero de 2016
Avisos de Cambios que Inciden en el Acuerdo de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del tipo superior (SEP-18-005 D)
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