Boletín de prensa 012

El pasado 9 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana aplicable a los equipos acondicionadores de aire tipo Inverter (NOM-026-ENER-2015), que será obligatoria a partir de agosto próximo, para fabricantes y comercializadores de estos aparatos, cuya demanda es creciente en el mercado nacional.

Los equipos regulados por este nuevo ordenamiento ofrecerán a los usuarios finales mayor confort, con un consumo de energía más eficiente.

La citada NOM establece el valor mínimo de relación de eficiencia energética estacional (REEE) que deben cumplir los mencionados equipos, con exigencias superiores a los estándares de Estados Unidos, Corea y China.

Además, especifica los métodos de prueba que se usarán para verificar dicho cumplimiento y define los requisitos que se incluirán en la etiqueta de información al público (etiqueta amarilla de eficiencia energética).

La tecnología “Inverter” evita el constante arranque y apagado de los equipos de acondicionamiento de aire;  en lugar de eso, cuando llegan a la temperatura adecuada, bajan la potencia del motor eléctrico y hacen que este gire más despacio, manteniendo la temperatura estable en la habitación.

De esta manera, una vez más México se posiciona como líder en eficiencia energética en Latinoamérica, por lo que Conuee agradece el esfuerzo de todos los actores involucrados en el desarrollo y elaboración de esta nueva norma.

Al adquirir uno de estos aparatos, es recomendable revisar la etiqueta amarilla y elegir el que proporcione el mayor ahorro de energía.

Cabe mencionar que con NOM-026-ENER-2015, son ya 30 Normas Oficiales Mexicanas de eficiencia energética que estarán en vigor este año, desde que en 1995 se emitieron las primeras NOM.