El Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) decidió revocar el permiso de liberación al ambiente en etapa comercial de soya genéticamente modificada resistente al glifosato (evento MON-0432-6).

A través de muestreos y análisis de laboratorio realizados por los técnicos del SENASICA, se constató que la semilla fue sembrada durante el ciclo Otoño-Invierno 2016, en algunos predios de la zona donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la suspensión del permiso.

El organismo decidió revocar el permiso, luego de contar con los resultados de las pruebas realizadas en el Centro Nacional de Referencia en Detección de Organismos Genéticamente Modificados (OGM).

Lo anterior, con la convicción de cumplir puntualmente con los mandatos de ley y el respeto irrestricto a los derechos humanos.

El SENASICA expidió el permiso el 5 de junio de 2012, en favor de la empresa Monsanto Comercial, con base en resultados científicos, obtenidos durante todas las fases de prueba estipuladas en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM) para la liberación de semillas OGM.

El permiso se otorgó, como lo mandata la LBOGM, con el dictamen vinculante de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), en lo que se refiere a la protección del medio ambiente y la biodiversidad, así como con la autorización de la Secretaría de Salud para el uso de la soya GM en la alimentación.

Es necesario recordar que el permiso MON-0432-6, se encuentra suspendido para la siembra de la semilla en 19 municipios de Campeche, Quintana Roo y Yucatán, desde junio de 2016, en atención a las resoluciones de la Segunda Sala de la SCJN y a la recomendación 23/2015 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en 2015 y que aceptó la SAGARPA (hoy SADER).

Además, el permiso fue revocado en congruencia con el espíritu del Gobierno de la República de mantenerse atento a la voz de las

comunidades indígenas de país y resolver las diferencias con base en ciencia y en total apego al Estado de Derecho.

Inconforme con tal determinación, Monsanto Comercial, promovió diversos recursos legales, con la finalidad de anular tal resolución, sin embargo, con fecha 13 de agosto de 2021 el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, negó amparo a la promovente, por lo que la revocación se encuentra firme y es definitiva.