Si eres persona física o moral y comercializas plaguicidas agrícolas, presenta el aviso de inicio de funcionamiento, cuentas con veinte días naturales a partir del inicio de tus actividades. Este aviso te permitirá ingresar al Directorio de empresas con certificación vigente.
Recuerda, deberás solicitar cada dos años la verificación y certificación del cumplimiento de la disposición regulatoria para mantener vigente tu inscripción en el directorio, a través del trámite SENASICA-04-006-A. La Secretaría te otorgará el certificado del cumplimiento y si no lo tienes, no podrás continuar comercializando plaguicidas de uso agrícola y te harás acreedor a diversas sanciones.