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Productos prohibidos

Evita contratiempos a tu llegada

Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria | 18 de octubre de 2021

English version: Prohibited products

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  • Tierra o suelo
  • Vasijas o artículos con contenido de origen vegetal o desconocido
Se prohíbe el ingreso de manera turística de los productos que se enlistan a continuación, si el importador no cumple con los requisitos que se describen en la siguiente liga. https://sistemasssl.senasica.gob.mx/mcrfi/
  • Material propagativo (semillas, bulbos, esquejes, yemas, estacas, etc.)
  • Flores, plantas, plántulas In Vitro, verduras y frutas frescas.
  • Granos (maíz, frijol, arroz, quinua, trigo, ajonjolí, girasol, alubia, lenteja, etc.)
  • Café y tabaco verde
  • Castañas frescas
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  • Alimento balanceado para cualquier especie (excepto para perros y gatos).
  • Alimento balanceado para perro y gato con carne de bovino, ovino y caprino (Siempre y cuando, su país de origen no cuente con hoja de requisitos zoosanitarios publicado en el módulo de consulta de requisitos para la importación MCRZI).
  • Carne fresca de cualquier especie.
  • Contenedores con animales, restos de animales (sangre, plumas, huesos, despojos, otros).
  • Cualquier especie animal (excepto perros y gatos) regulada.
  • Indumentaria con huesos, piel y plumas de animales, artesanías de cuerno o hueso tallado o pulido, cuando se presenten con sangre o cualquier otro material propagativo de enfermedades o plagas. Se permite el ingreso, cuando se descarte la presencia de los materiales antes señalados y se verifique que se trate de un producto cuyas características no representen un riesgo sanitario.
  • Indumentaria y accesorios de torero, charrería y monta de toros, cuando presente sangre o restos de tejidos de animales; se permite su ingreso cuando se presenten completamente limpios y desinfectados y previo tratamiento profiláctico en el punto de ingreso.
  • No se permiten productos de elaboración casera o artesanal.
  • Pollo tipo campero.
  • Productos de origen porcino y sus derivados, originarios de países con presencia de Peste Porcina Africana, tales como: jamón, salchichas, tocino, chicharrón, dulces con carne de cerdo, carne de cerdo cruda, carne seca, chuletas ahumadas, embutidos precocidos, pasta con carne de cerdo, costillas a la BBQ, harinas de cerdo, manteca de cerdo, sopa instantánea con cerdo, pasta de dientes de tocino, salami, mortadela, sándwich con jamón, chorizo, etc. Consulta más información
  • Productos de piel sin curtir.
  • Productos farmacéuticos, químicos y biológicos para uso o consumo animal, ni aquellos que sean señalados con fines terapéuticos o de investigación.
  • Quesos frescos.
  • Sándwiches, bocadillos, tortas, emparedados, hamburguesas, pizzas, etc., con contenido cárnico y lácteo sin empaque íntegro, ni sello sanitario de la autoridad competente.
  • Trofeos de caza (montados, frescos, salados, otros).
  • Vasijas o artículos con contenido de origen animal, vegetal o desconocido.
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  • Crustáceos vivos, crudos y secos
  • Productos acuícolas (excepto filetes y pescados para consumo animal)
  • Peces
  • Tortugas vivas
  • Productos de origen acuático regulados, en mal estado, en descomposición o con presencia de larvas o insectos
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