English version: Public Consultation of Operating Manuals
Con fundamento en el artículo 46 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (LFSV) donde se establece que “cuando se detecte alguna plaga que ponga en situación de emergencia fitosanitaria a una o varias especies vegetales, en todo o en parte del territorio nacional, la Secretaría instrumentará el Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Vegetal, que consistirá en la aplicación urgente y coordinada de las medidas fitosanitarias necesarias”, se somete a consideración de técnicos, académicos, investigadores, asociaciones agrícolas, Sistemas Producto y público en general los manuales operativos, con la finalidad de recibir comentarios y aportes que fortalezcan técnicamente el documento, por lo que estarán en la página oficial de esta Secretaría, según el tiempo que se considere necesario.
Nota: Las plagas mencionadas en estos manuales no están presentes en México; por lo que sólo son para consulta y comentarios; podrían entrar en vigencia, tan pronto como se detecte y confirme de manera oficial la presencia de la plaga. Los responsables de la ejecución de las medidas fitosanitarias planteadas en estos manuales, estarán en función de lo que determine el Senasica.
Los comentarios de los interesados deberán enviarse a esta dependencia, al siguiente correo electrónico: clemente.garcia@senasica.gob.mx