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Avisos de Utilización Confinada

Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria | 27 de febrero de 2020

English version: Confined Use Notices

Son los formatos oficiales que los interesados deben presentar a la Sader o a la SEMARNAT y constituyen un registro de las actividades, proyectos, líneas de investigación y procedimientos utilizados para prever posibles actividades futuras relacionadas con la probable liberación al ambiente y en general la investigación básica sobre OGM.

Se determina utilización confinada a cualquier actividad por la que se modifique el material genético de un organismo o por la que éste, así modificado, se cultive, almacene, emplee, procese, transporte, comercialice, destruya o elimine, siempre que en la realización de tales actividades se utilicen barreras físicas o un combinación con barreras químicas o biológicas, que permitan limitar de manera efectiva su contacto con la población y con el medio ambiente.

El uso confinado de OGM, está regulado en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, su Reglamento y un Acuerdo que determina la información y documentación que debe presentarse en caso de realizar las actividades de utilización confinada. Para una mejor orientación sobre la regulación vigente, consulta la Guía del Usuario para presentar Avisos de Utilización Confinada de OGM.

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