• La secretaria María Luisa Albores urgió al sector ambiental para que se lleve a cabo este proceso, tras años de incumplimiento por parte de administraciones pasadas.

  • De acuerdo con la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, las Normas se deben actualizar cada 5 años.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales informa que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Comarnat) aprobó el pasado 27 de agosto, con la mayoría de votos de sus miembros, la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, que establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la Nación, por lo que será publicada en el Diario Oficial de la Federación en los próximos días.

Dicha Norma sustituye a la emitida en 1996, la cual, durante 25 años no había sido actualizada, aun cuando los Límites Máximos Permisibles (LMP) y los parámetros establecidos habían probado ser insuficientes para controlar la contaminación en los cuerpos de agua. Además de que la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización establece que las Normas se deben actualizar cada 5 años.

Ante este incumplimiento en administraciones pasadas, la titular de la Semarnat, María Luisa Albores González, instruyó a la dependencia que encabeza, a través de la Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental, para que de manera coordinada con la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y con el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) empujaran los trabajos pertinentes para concluir el proceso de modificación de la NOM-001-SEMARNAT-1996 y se actualice su contenido por tratarse de un tema prioritario para el Gobierno de México, ya que un 70% de las aguas superficiales en el país están contaminadas o fuertemente contaminadas, de acuerdo con datos del Dr. Omar Arellano Aguilar, especialista en ecotoxicología de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Los límites técnicos de la Norma vigente no solo son obsoletos, sino que además no corresponden a la problemática actual de la calidad del agua en México, vulnerando con ello el derecho humano de la población de contar con agua de calidad, así como al saneamiento de la misma.

Las principales modificaciones de la NOM-001 se refieren a los parámetros de color verdadero, temperatura, demanda química de oxígeno y toxicidad.

En lo que se refiere a temperatura, la NOM-001-SEMARNAT-2021 establece 35 grados como temperatura máxima para la descargas en ríos, bajando cinco grados al parámetro que existía en la NOM de 1996.

Es importante señalar que con el tratamiento de aguas residuales se genera un ahorro considerable al liberar el agua de primer uso para actividades como limpieza y riego; se disminuye la presión hídrica y la sobreexplotación de los acuíferos, y se previene la contaminación de los cuerpos de agua y las enfermedades diarreicas, lo cual tiene un efecto positivo en el ambiente y en el bienestar de las comunidades.

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Comunicado de Prensa Núm. 106/21

Ciudad de México, a 29 de agosto de 2021