Los decretos de liberación de veda y establecimiento de reserva de agua son un esquema de administración del recurso, a través de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).

El 5 de junio pasado, en el marco del Día Mundial del Medio Ambiente, y con la presencia de organismos ambientales internacionales, el presidente Enrique Peña Nieto firmó diez decretos de Reserva de Agua. Un evento público ampliamente difundido a través de los medios de comunicación.

Para decretar una reserva de agua se sigue un proceso en el que participan diversas instancias, entre las que destaca el Consejo de Cuenca. Además, el proyecto de decreto se sustenta con un estudio técnico, pasa por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) y se somete a consulta pública durante 40 días.

Se puede llevar a cabo a partir de que el Diario Oficial de la Federación publica la disponibilidad de agua en todo el país, lo cual sucedió el 7 de julio de 2016.

Cuando se habla de disponibilidad de agua, se refiere únicamente al agua de lluvia, de escurrimientos naturales, que llega a las cuencas.

Los decretos de Reserva de Agua no otorgan beneficios a ningún particular. Es agua que, como la palabra lo indica, se reserva para el consumo humano y conservación del medio ambiente con una proyección a 50 años, es decir, para beneficio de 18 millones de personas que aún no nacen.

Con esta acción del gobierno de México se cumplen, e incluso se superan, las recomendaciones internacionales y se alinea a la Agenda de Desarrollo Sostenible y al Acuerdo de París contra el cambio climático.

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