Trámite SEMARNAT-08-044

Información adicional al trámite SEMARNAT-08-044 Licencia de Caza Deportiva

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 10 de noviembre de 2015

¿En qué casos se debe presentar el trámite?
Cuando personas físicas, mexicanas o extranjeras con legal residencia en el país pretendan llevar a cabo actividades de aprovechamiento mediante la caza deportiva, o que ya cuenten con licencia y que ésta haya perdido su vigencia o cuando haya sido robada o extraviada.  El tipo de licencia que se emite puede ser de vigencia anual o indefinida.

¿Los requisitos son los mismos para la licencia de caza anual que para la licencia de caza indefinida?
Los documentos requeridos son los mismos, salvo la Constancia de aprobación de la evaluación en la materia que solamente se solicita para la licencia de caza indefinida o su renovación.

¿Qué otra diferencia con respecto a la licencia de caza anual existe para solicitar la licencia de caza indefinida?
Además de presentar un documento adicional que es la Constancia de aprobación de la evaluación en la materia, está el monto a pagar que es mayor y que no tiene vigencia por ser indefinida, nada más.

¿Quién puede realizar el trámite?
Personas físicas, mexicanas o extranjeras con legal residencia en el país que pretendan llevar a cabo actividades de aprovechamiento mediante la caza deportiva, o que ya cuenten con licencia y que ésta haya perdido su vigencia o cuando haya sido robada o extraviada.

¿Qué documento(s) requiere mi representante o apoderado?
Anexo al formato se deberá de presentar copia de los documentos que acrediten la personalidad del solicitante, conforme se indica en el formato, y tratándose de terceras personas se debe anexar copia del instrumento por el que se acredite su representación legal.

¿En dónde se puede realizar el trámite?
Al tratarse de un trámite descentralizado y desconcentrado puede realizarse en los Espacios de Contacto Ciudadano (ECC) de la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS) en la Ciudad de México y en los de las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en los Estados, salvo para aquellas ubicadas en Baja California, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, quienes a través de su autoridad ambiental estatal correspondiente tienen la atribución de su gestión, mediante la firma de un Convenio específico de Descentralización de Funciones en Materia de Vida Silvestre (para todos los casos consultar el apartado “Ubica tu oficina más cercana” que está disponible en la parte inferior del sitio electrónico de este trámite); asimismo, en el mismo apartado están disponibles los horarios y días de atención.

¿Por qué medio debo de presentar el trámite?
Presencial, mediante su formato debidamente requisitado que se puede descargar del apartado electrónico de Trámites de la SEMARNAT disponible en la liga http://dsiappsdev.semarnat.gob.mx/formatos/DGVS/FF-SEMARNAT-001%20SEMARNAT-08-044.pdf

¿En qué momento del año se puede solicitar este trámite?
Todo el año.

¿Cómo y en dónde puedo realizar el pago de derechos del trámite?
Por cada expedición o reposición de cada licencia de caza deportiva el pago se deberá de efectuar en el formato Hoja de Ayuda del Pago de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA’s) e5cinco, el cual se puede encontrar en http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/pagosat5.html, y se debe realizar en los bancos autorizados a través de sus portales de internet o directamente en las ventanilla bancarias. En la liga anterior podrás obtener dicha Hoja, además de encontrar información general, preguntas frecuentes y un instructivo al respecto.

¿Cuál es el plazo de resolución o conclusión de este trámite?
El plazo máximo de resolución del trámite son 20 días hábiles, contados a partir del día hábil posterior a la presentación de la solicitud.

¿Qué procede en caso de que me falte un requisito?
La autoridad inicia un plazo de prevención para requerirle al particular la información faltante al trámite, que para este caso es de 7 días hábiles.

¿Aplica positiva ficta?
Sí, si al término del plazo máximo de respuesta la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en afirmativo.

¿Qué vigencia tiene la resolución emitida?
Un año para la licencia de caza anual, y sin vigencia para la licencia de caza indefinida.

¿Por qué medio se me notificará lo referente a mi trámite?
El particular puede especificar en su solicitud si desea que las notificaciones referentes a su trámite le sean hechas mediante correo electrónico (en su caso deberá incluir su correo), mediante correo certificado con acuse de recibo (deberá incluir el porte pagado) o de forma personal.

¿Puedo darle seguimiento a mi trámite por internet?
Sí, ingresando a la siguiente liga: http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/transparencia/constramite.html

¿Qué fundamento jurídico le da origen al trámite?
Artículo 96, Párrafo Segundo de la Ley General de Vida Silvestre, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 03de julio de 2000, y Artículos 117 y 118 del Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2006.

¿A dónde puedo acudir o por qué medios puedo reportar presuntas anomalías en la gestión del trámite?
Para el caso de los Espacios de Contacto Ciudadano, a través del correo electrónico: contacto.ciudadano@semarnat.gob.mx o bien, al teléfono 01 800-0000-247, mientras que para las oficinas de la autoridad ambiental estatal correspondiente, favor de remitirse a los datos registrados en el apartado “Ubica tu oficina más cercana” que se despliega en la parte inferior del sitio electrónico de este trámite.

Información Adicional

¿Mi licencia de caza me ampara para portar armas?
Las licencias de caza deportiva en ningún caso autorizarán por sí mismas la portación ni la autorización para cazar.

¿Con mi licencia de caza puedo cazar en donde quiera?
No. La licencia de caza deportiva se podrá utilizar, previo consentimiento de los propietarios o legítimos poseedores de los predios, para cazar ejemplares autorizados mediante tasas de aprovechamiento correspondientes a dichos predios, para cada especie, de acuerdo al plan de manejo y en la temporalidad señalada en la autorización.

Gobiernos Estatales que cuentan con firma de Convenio específico de Descentralización en Materia de Vida Silvestre, y datos de su Autoridad Ambiental que brinda la atención correspondiente en la entidad.

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