Trámite SEMARNAT-07-030-B

Información adicional al trámite SEMARNAT-07-030-B, Reporte de uso de las autorizaciones de importación y exportación y retorno de residuos peligrosos. Modalidad B: reporte de uso de las autorizaciones de importación y exportación.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 05 de noviembre de 2015

¿Por qué se debe reportar el uso de autorizaciones de importación o exportación?
Aún y cuando las autorizaciones de importación o exportación de residuos peligrosos indican la cantidad autorizada a movilizar, muchas veces no se realiza en su totalidad. Por eso se requiere conocer la cantidad exacta de residuos peligrosos que entraron o salieron del país, ya que debemos informarlo a los Secretariados de los Convenios suscritos y ratificados por México.

 ¿Cuándo se debe reportar el uso de autorizaciones de importación o exportación?
Una vez concluida la vigencia de las autorizaciones de importación o exportación se debe dar aviso a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del uso de autorización. También es posible reportar el uso dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que los movimientos se hubieren realizado.

¿Cuál es el costo del trámite para reportar el uso de las autorizaciones de importación y exportación?
El trámite es gratuito.

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