Trámite SEMARNAT-07-030-A

Información adicional al trámite SEMARNAT-07-030-A, Reporte de uso de las autorizaciones de importación y exportación y retorno de residuos peligrosos. Modalidad A: reporte del retorno de residuos peligrosos.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 11 de noviembre de 2015

¿Qué es el reporte de retorno de residuos peligrosos?
Es un reporte diseñado para facilitar que las industrias ubicadas en territorio mexicano, que con motivo de sus actividades generen residuos peligrosos a partir de insumos introducidos bajo un régimen de importación temporal, cumplan con la obligación de notificar a la SEMARNAT el uso del aviso de retorno de residuos peligrosos.

¿Quiénes deben presentarlo?
Las industrias descritas anteriormente, cuando hayan optado por retornar dichos residuos peligrosos mediante la utilización de un aviso de retorno, una vez realizada la operación de retorno respectiva.

¿Qué información se necesita conocer antes de realizar este trámite?
La información necesaria se especifica en el formato “Reporte de uso de las autorizaciones de importación y exportación y retorno de residuos peligrosos”.

¿En cuánto tiempo se obtiene una respuesta de resolución a este trámite?
Este trámite no requiere respuesta.

¿Cuándo se debe presentar este trámite?
Efectuada la operación de retorno respectiva, deberá notificarse a la SEMARNAT, dentro los quince días naturales siguientes a la fecha en que se hubiere realizado.

¿Qué pasaría si no se presenta este trámite?
Será acreedor a una sanción de acuerdo a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.

¿Existe un contacto para la orientación o pedir informes?
A través del Espacio de Contacto Ciudadano (ECC), mediante el correo electrónico contacto.ciudadano@semarnat.gob.mx y por teléfono al 01800 0000 247.

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