Trámite SEMARNAT-05-005-A

Información adicional al trámite SEMARNAT-05-005-A Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Contaminación Atmosférica. Modalidad A.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 21 de septiembre de 2020

¿Quién puede solicitar el trámite?
Cualquier persona física o moral que sea destinataria o sujeto obligado de una Norma Oficial Mexicana en MATERIA DE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA.

¿En qué casos debe presentarse?
Cuando una Norma Oficial Mexicana en MATERIA DE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA obligue a las fuentes fijas o móviles al uso de materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías específicas, los destinatarios o sujetos obligados de las normas pueden solicitar la autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas.

¿También aplica para normas mexicanas (NMX)?
Sí, siempre y cuando dicha NMX esté referida en una Norma Oficial Mexicana a la que se tenga que dar cumplimiento.

¿Un laboratorio de pruebas puede solicitar el trámite?

Lo puede solicitar, siempre y cuando el laboratorio de pruebas sea destinatario o sujeto obligado de la Norma Oficial Mexicana.

¿Cómo debe presentarse el trámite?
A través del Formato FF-SEMARNAT-114, agregando toda la documentación requerida en la Sección Documentos Necesarios que aparece en la liga https://www.gob.mx/tramites/ficha/metodos-alternos/SEMARNAT2616.

¿Quiénes evalúan la solicitud?
La Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (DGGCARETC), y el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COMARNAT).

¿Cuál es el plazo máximo de respuesta?
Dentro de los 45 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

Este plazo será́ prorrogable una sola vez por igual periodo y se suspenderá́ en caso de que la Autoridad Normalizadora requiera al interesado mayores elementos de prueba o justificación, reanudándose el día hábil siguiente al que se cumpla el requerimiento.

¿Requieren realizar visita en sitio para la aplicación del trámite?
En algunas ocasiones si se requiere visita a las instalaciones del promovente. Lo anterior, dependerá de la información proporcionada en la solicitud. Los costos que genere la visita serán con cargo al promovente.

¿Cómo y dónde puede realizarse el trámite?
En trámite se realiza de forma presencial en los Espacios de Contacto Ciudadano (ECC) distribuidos en las 31 oficinas de representación de la SEMARNAT de los Estados o en el Espacio de Contacto Ciudadano de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire, Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes ubicado en Ejército Nacional No. 223, Anáhuac, Código Postal 11320, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 09:30 a 15:00 horas. (El acceso al Espacio de Contacto Ciudadano es por la calle Lago Xochimilco).

NOTA: La evaluación del trámite es realizada únicamente por la Direccion General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en la Ciudad de México.

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