Trámite SEMARNAT 05 003

Información adicional al trámite SEMARNAT 05 003, licencia de funcionamiento.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 30 de julio de 2021

1.- ¿Cuándo debo tramitar la licencia de funcionamiento?
Las empresas que obtuvieron una autorización hasta el año 1997, la federación (antes Secretaría de Desarrollo Social, Instituto Nacional de Ecología, SEMARNAP, etc.) les otorgaba licencia de funcionamiento, con la entrada en vigor de nuevas disposiciones legales a partir de 1998 se comienza a otorgar la licencia ambiental única (LAU) para la regulación de las fuentes fijas de jurisdicción federal en materia de atmósfera.

Por lo anterior las empresas que cuentan con una licencia de funcionamiento sólo pueden realizar el trámite de actualización de la misma.

Por otra parte las empresas que no cuentan con autorización deberán realizar el trámite de la licencia ambiental única SEMARNAT-05-002.

2.- ¿Si tengo licencia de funcionamiento, puedo tramitar una licencia ambiental única?
Sí.

Las empresas pueden solicitar de manera voluntaria la licencia ambiental única bajo el esquema denominado relicenciamiento. Esto significa que si una empresa tiene licencia de funcionamiento y quiere obtener la LAU podrá solicitarlo a esta dependencia, quien procederá a revisar la solicitud con la información y requisitos necesarios para emitir la resolución, en caso de que proceda otorgarle la LAU, ésta dejará sin efecto a la licencia de funcionamiento. Recuerde que tiene que consultar los requisitos del trámite SEMARNAT-05-002 Licencia Ambiental Única.

3.- ¿Cuándo debo actualizar mi licencia de funcionamiento?
Cuando existe actualización de datos del titular de la licencia (cambio de razón social u otros), aumento en la producción, cambios en los procesos productivos, incorporación de equipos generadores de emisiones y por ampliación de instalaciones.

Actualización por “Modificación de datos del titular de la licencia (cambio de razón social u otros)”.
Requisitos:

  • Apartado “Para ser llenado por el Establecimiento” y Apartado 1 de la Solicitud de Licencia de Funcionamiento para Establecimientos Industriales de Jurisdicción Federal, así como las secciones relacionadas con la modificación.
  • Identificación oficial vigente para personas físicas, y en el caso de personas morales la del representante legal (Credencial para votar INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Cartilla del Servicio Militar). Copia simple.
  • Acta constitutiva o escritura pública que acredite la modificación, para el caso de personas morales. Copia simple y original o copia certificada (para cotejo).
  • Poder notarial para representantes legales (de ser el caso). Copia simple y original o copia certificada (para cotejo).
  • Registro federal de contribuyentes.

Actualización por “Aumento en la capacidad de producción autorizada”.
Requisitos:

  • Todos los apartados del formato de solicitud de Licencia de Funcionamiento relacionadas con la modificación.

Actualización por “Cambios en los procesos productivos, incorporación de equipos generadores de emisiones y por ampliación de instalaciones”.
Requisitos:

  • Todos los apartados del formato de solicitud de Licencia de Funcionamiento relacionadas con la modificación.

En cualquiera de los casos deberá presentar en original un escrito libre que indique: nombre, denominación o razón social del promovente, domicilio para oír y recibir notificaciones, domicilio del establecimiento, nombre del representante legal y personas acreditadas para recibir notificaciones, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, órgano administrativo al que se dirigen, lugar y fecha de su emisión, así como la firma del representante legal, el pago de derechos y demás requisitos indicados en las diferentes secciones  según correspondan.

4.- ¿Qué es una fuente fija de jurisdicción federal?
La fuente fija de jurisdicción federal es toda instalación establecida en un solo lugar, que tenga como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, de servicios o actividades que generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera y que se encuentre incluida dentro de los sectores industriales tales como: químico, del petróleo y petroquímica, de pinturas y tintas, automotriz, de celulosa y papel, metalúrgico, del vidrio, de generación de energía eléctrica, del asbesto, cementero y calero y de tratamiento de residuos peligrosos establecidos en el artículo 111 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, cuyos subsectores específicos podrá consultarlos en el artículo 17 Bis del Reglamento de la misma Ley en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la atmósfera.

5.- ¿Qué pasa si la Federación (antes Secretaría de Desarrollo Social, Instituto Nacional de Ecología, SEMARNAP, etc.) me otorgó la licencia de funcionamiento y mi establecimiento no es fuente fija de jurisdicción federal en materia de atmósfera?
Para aquellos establecimientos que no son de jurisdicción federal en materia de atmósfera, pero cuentan con licencia de funcionamiento emitida por la Federación (antes Secretaría de Desarrollo Social, Instituto Nacional de Ecología, SEMARNAP, etc.), deberán solicitar ante la Delegación Federal de SEMARNAT correspondiente, o en su caso en la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, la extinción de dicha licencia, y realizar las gestiones necesarias en materia de atmósfera ante las autoridades locales correspondientes.

6. ¿Dónde debo realizar el trámite para obtener la Licencia Ambiental Única o la actualización de la licencia (licencia ambiental única o licencia de funcionamiento?
Las fuentes fijas de jurisdicción federal en materia de atmósfera ubicadas en el interior de la República y que además pertenecen a los sectores de la industria química, de pinturas y tintas, automotriz, de celulosa y papel, metalúrgica, del vidrio, de generación de energía eléctrica, del asbesto, cementera y calera, deberán gestionar sus trámites en los Espacios de Contacto Ciudadano (ECCs) ubicados en la Delegación Federal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la entidad donde se ubica la fuente fija de jurisdicción federal.

Aquellos que se ubiquen en la Zona Metropolitana del Valle de México deberán gestionar sus trámites en el Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de la SEMARNAT (oficinas centrales), incluyendo a las fuentes fijas que pertenecen al sector Tratamiento de Residuos Peligrosos que se encuentren en el interior de la república.

Cuando las fuentes fijas de jurisdicción federal en materia de atmósfera pertenezcan al sector hidrocarburos, deberán gestionar sus trámites en la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).

7. ¿Cuáles son los municipios que conforman la Zona Metropolitana del Valle de México?
La zona está integrada por las 16 alcaldías de la Ciudad de México y los siguientes 18 municipios conurbados del Estado de México: Atizapán de Zaragoza, Coacalco, Cuautitlán de Romero Rubio, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Chalco Solidaridad, Chimalhuacán, Ecatepec, Huixquilucan, Ixtapaluca, La Paz, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, San Vicente Chicoloapan, Nicolás Romero, Tecámac, Tlalnepantla y Tultitlán.

8.- ¿Cuál es el plazo máximo de resolución del trámite?
Para el trámite de actualización de la licencia de funcionamiento 30 días hábiles.

9.- ¿Cuál es el plazo de prevención del trámite?
Plazo que tiene la dependencia para prevenir es de 10 días hábiles y el plazo que tiene el usuario para atender la prevención es de 15 días hábiles, lo anterior conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

10.- ¿Qué pasa si la empresa no responde en el tiempo establecido?
Transcurrido el plazo aplicable, se entenderán las resoluciones en sentido negativo al promovente, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

11.- ¿Qué debo hacer si actualmente tengo un domicilio y muevo mi empresa físicamente a otro domicilio?
La empresa deberá solicitar la extinción de su licencia actual y tramitar una nueva licencia ambiental única, ambos trámites los podrá ingresar al mismo tiempo. Lo anterior, debido a que la licencia se otorga para fuentes fijas establecidas en un solo lugar, cuando cambia el domicilio se considera que es otra fuente fija.

12.- ¿Si cambio mi actividad productiva que debo hacer para regularizarla?
La empresa deberá solicitar la extinción de su licencia actual y tramitar una nueva licencia ambiental única promoviendo el trámite SEMARNAT-05-002, ambos trámites los podrá ingresar al mismo tiempo. Lo anterior en virtud de que la licencia se había otorgado por la actividad anterior, por lo que procederá al trámite de una nueva licencia.

13.- ¿Cómo se realiza el trámite de extinción de una licencia?
La empresa deberá presentar escrito libre que indique: nombre, denominación o razón social del promovente, domicilio para oír y recibir notificaciones, domicilio que tenía el establecimiento, nombre del representante legal y personas acreditadas para recibir notificaciones, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la extinción de la licencia, órgano administrativo al que se dirigen, lugar y fecha de su emisión, así como la firma del representante legal. Adjuntando la siguiente información:

  • Identificación oficial vigente para personas físicas, y en el caso de personas morales la del representante legal (Credencial para votar INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Cartilla del Servicio Militar). Copia simple.
  • Acta constitutiva para el caso de personas morales. Copia simple y original o copia certificada (para cotejo).
  • Poder notarial para representantes legales (de ser el caso). Copia simple y original o copia certificada (para cotejo).
  • Registro federal de contribuyentes de la situación fiscal que guarda la empresa. Copia simple.
  • De ser el caso, la representación de las personas físicas deberá acreditarse mediante carta poder firmada ante dos testigos. Original de la carta poder y copias de identificaciones oficiales vigentes.

Información de la Licencia de Funcionamiento en el Catálogo Nacional
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SEMARNAT-05-003

 

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