¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL TRÁMITE?
- Promovente
- Representante legal
¿EN QUÉ CASOS DEBE PRESENTARSE?
- Cuando el promovente no cuente con la autorización expedida por la Secretaría de Salud en los términos de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, siempre y cuando dicha autorización sea requisito para la expedición del permiso respectivo.
¿EN QUÉ CASOS SE REQUIERE LA AUTORIZACION DE LA SSA?
- En liberación experimental será requisito cuando el OGM a liberar sea con fines de salud pública y/o biorremediación.
- En liberación en programa piloto será requisito cuando el OGM a liberar sea con fines de consumo humano, salud pública y/o biorremediación.