Trámite SEMARNAT-03-039

Información adicional al trámite SEMARNAT-03-039 Aviso de colecta de recursos biológicos forestales para investigación y/o biotecnología.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 10 de marzo de 2016

¿Cuándo se presenta el Aviso de colecta de recursos biológicos forestales con fines de utilización en investigación y/o biotecnología?
Cuando se pretenda realizar colecta de recursos biológicos forestales con fines de utilización en investigación y/o biotecnología por parte de entidades públicas de los gobiernos federal, estatales o municipales, o bien, por el dueño del recurso. Debe acreditarse que se cuenta con el consentimiento del propietario.

¿Qué se entiende por Colecta científica?
A la obtención o remoción de recursos biológicos forestales para la generación de información científica básica y para la investigación biotecnológica sin fines comerciales.

¿Qué se entiende por recursos biológicos forestales?
A las especies y variedades de plantas, animales y microorganismos de los ecosistemas forestales y su biodiversidad y en especial aquellas de interés científico, biotecnológico o comercial.

¿A qué se refiere el consentimiento del propietario o legítimo poseedor del predio para realizar colecta?
Al instrumento jurídico donde conste que el propietario o legítimo poseedor del predio fue informado del objetivo de la colecta del recurso biológico forestal y de su utilización, así como el consentimiento expreso del propietario o legítimo poseedor del predio en el que se encuentra el recurso biológico forestal.
En el caso de ejidos y comunidades, se deberá presentar el acta de asamblea, inscrita o en trámite de inscripción en el registro que corresponda.
Tratándose de terrenos forestales nacionales la SEMARNAT otorgará dicho consentimiento.

¿Qué especies se pueden colectar?
Las especies de plantas y hongos que crecen y se desarrollan en forma natural, formando bosques, selvas, zonas áridas y semiáridas que no estén enlistadas en   la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo.

¿Cuál es el tiempo de respuesta del trámite?
El trámite es un aviso, por lo que no requiere respuesta.

¿Tiene algún costo este trámite?
No, es gratuito.

¿Se puede presentar el aviso en línea?
Por el momento no es posible presentar el aviso en línea.

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