Trámite SEMARNAT-03-025

Información adicional al trámite SEMARNAT-03-025 modificación a la autorización de centros de almacenamiento y transformación.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 09 de marzo de 2016

¿Qué información debe estar contemplada en la licencia o permiso expedido por la autoridad municipal o delegacional?
En caso de modificación de nombre, denominación o razón social, domicilio del titular, nombre y ubicación del centro de almacenamiento o transformación, debe considerarse que la información este contemplada en la licencia o permiso expedido por la autoridad municipal o, tratándose de la Ciudad de México por la autoridad delegacional.

¿En qué casos se recomienda incluir el acta constitutiva protocolizada?
Si se trate de personas morales y el caso de modificación de nombre, denominación o razón social del titular, se recomienda incluir acta constitutiva debidamente protocolizada, donde se establezcan dichas modificaciones.

¿Qué pasa con los datos recabados del Aviso?
Los datos personales recabados para la atención de su trámite serán protegidos y serán incorporados y tratados en el Sistema Nacional de Trámites de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 4, fracción II, inciso a) del Acuerdo por el que se crea y establecen las bases de funcionamiento del Sistema Nacional de Trámites de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2005. Lo anterior se informa en cumplimiento del Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005.

¿Cuáles son los medios para las notificaciones referentes al trámite?
El particular puede especificar en su Aviso si desea que las notificaciones referentes a su trámite le sean hechas mediante correo electrónico (en su caso deberá incluir su correo), mediante correo certificado con acuse de recibo (deberá incluir el porte pagado) o de forma personal (Art. 167 BIS de la LGEEPA y Art. 35 de la LFPA).

¿Cuál es el plazo máximo de resolución del trámite?
No aplica por tratarse de un aviso.

¿Cuáles son los medios de contacto?
Correo electrónico: contacto.ciudadano@semarnat.gob.mx
Teléfono: 01800 0000247 opción 5.

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