Se han impulsado acciones concretas para brindar un trato digno y humano a migrantes y refugiados. Por ello, se expedirá la Clave Única de Registro de Población Temporal Para Extranjeros, en favor de personas de otros países, migrantes y solicitantes de refugio, refugiados y beneficiarios de protección complementaria que hayan obtenido un documento de admisión que expidan las autoridades migratorias (COMAR e INAMI).

¿Qué hemos hecho?

-Coordinación con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

-Publicación del Instructivo Normativo para la Asignación de la Clave Única de Registro de Población en el Diario Oficial de la Federación.

Beneficios

-Se garantiza el Derecho Humano a la identidad de los extranjeros.

-Se da cumplimiento a lo consagrado en el artículo 4° Constitucional, así como a los acuerdos internacionales de los que México forma parte.

-Se permite el acceso a servicios que otorga el estado a aquellas personas extranjeras que obtengan su CURP Temporal.