La solicitud para que le sea reconocida la condición de refugiado la puede hacer hasta que se encuentre en territorio nacional, ante la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar).

Recibida la solicitud se garantiza la no devolución del solicitante a su país de origen o al lugar en donde su vida, seguridad o libertad estén amenazadas.

La Comar emitiría una resolución a los 45 días posteriores a la petición, respecto del reconocimiento o no de la condición de refugiado.

En términos de la legislación vigente, la Secretaría de Gobernación emitió una opinión a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que ésta determinara conceder asilo político a Evo Morales. 

La Secretaría de Gobernación reafirma que la política de refugio del Gobierno de México es invariable y apegada a los principios constitucionales y por razones humanitarias.

 

---ooo0ooo---

Comunicado No. 073/2019