Este hecho convirtió a la Ciudad de México en la primera urbe en América Latina en reconocer el matrimonio igualitario en su legislación civil. Posteriormente, en 2010, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la acción de inconstitucionalidad 2/2010, en la que se determinó que el matrimonio, definido como la unión exclusivamente entre un hombre y una mujer, con fines de procreación es inconstitucional y promueve la desigualdad. 

 

De esta manera, el criterio asumido por la SCJN sirvió para colocar en el debate público la agenda pendiente de la diversidad sexual y de género, pues, en esa resolución, la Suprema Corte reconoció la orientación sexual como una categoría protegida contra la discriminación. 

 

Con ello, se reconocen los derechos de todas las personas sin discriminación, para construir un México cada vez más incluyente e ir fortaleciendo nuestra democracia.

 

Actualmente, en el país, 17 entidades federativas reconocen el matrimonio igualitario en sus legislaciones; 12 de ellas a través de reformas a sus códigos civiles y/o familiares (Baja California Sur, Ciudad de México, Campeche, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, San Luis Potosí, Oaxaca y Quintana Roo), y 5 a través de acciones de inconstitucionalidad resueltas por la SCJN (Aguascalientes, Chiapas, Jalisco, Nuevo León y Puebla). 

 

Por lo tanto, la Secretaría de Gobernación; la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, y el Conapred reiteran la importancia de que los tres poderes, en sus tres niveles de gobierno, avancen en el reconocimiento, garantía y respeto de los derechos humanos sin discriminación en todo el territorio nacional.

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Comunicado No. 083/2019