El día de hoy, una representación del Estado mexicano, acudió a la audiencia pública del caso Selvas Gómez vs. Estados Unidos Mexicanos convocada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La representación del Estado mexicano estuvo a cargo de funcionarias y funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Secretaría de Gobernación, la Procuraduría General de la República, y la Fiscalía General de Justicia del Estado de México.

El Estado mexicano acudió a esta audiencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en virtud de su reconocimiento de la competencia contenciosa de dicha Corte, desde 1998.

Al dar inicio la audiencia mencionada, el Subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Embajador Miguel Ruiz Cabañas Izquierdo, el representante del Gobierno de México, reiteró que el Estado mexicano condena categóricamente cualquier violación a los derechos humanos que ocurra en nuestro territorio y, en particular, cualquier acto de discriminación o violencia contra las mujeres. Además, subrayó la política del Gobierno de México de apertura a instancias internacionales en materia de derechos humanos.

Respecto al caso Selvas Gómez objeto de esta audiencia, cabe recordar que, desde el mes de marzo de 2013, el Gobierno de la República reconoció la responsabilidad internacional del Estado mexicano por los violaciones a derechos humanos cometidas contra un grupo de 11 mujeres con motivo de los hechos suscitados en San Salvador Atenco, Estado de México, el 3 y 4 de mayo de 2006. Desde esa fecha, se reforzaron las acciones para fortalecer las investigaciones y los procedimientos de responsabilidad penal y administrativa correspondientes, así como para adoptar medidas de reparación, incluyendo aquellas necesarias para evitar la repetición de hechos similares.

Como resultado de estos esfuerzos, hasta la fecha han sido consignadas 52 personas ante las autoridades judiciales, incluyendo agentes de seguridad pública del Estado de México, médicos legistas y médicos de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social, y un agente del Ministerio Público, por los delitos de tortura y encubrimiento de tortura. Los procedimientos penales continúan su seguimiento de conformidad con los términos y plazos que establece la legislación penal. Establecidos por la legislación penal vigente al momento de los sucesos.

Por otra parte, se puso a disposición de las víctimas y sus familiares el acceso a un fondo especial de atención creado específicamente para este caso, mismo que comprende medidas de rehabilitación, apoyos educativos, atención integral a la salud médica y psicológica, y compensación económica, entre otros. No obstante, el Estado es plenamente respetuoso de la decisión de las víctimas de no acceder a las medidas referidas, pero reitera su ofrecimiento de aplicar estas medidas de reparación si las víctimas así lo deciden.

Simultáneamente, el Estado ha tomado diversas medidas de carácter estructural, tales como la adecuación de la legislación local y nacional en materia de violencia contra las mujeres; la creación de un marco jurídico nacional robusto en materia de prevención y combate a la tortura con perspectiva de género; y la instrumentación de protocolos de actuación ministerial adecuados, entre otros.

El Estado destaca que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ejerciendo su facultad de investigación, en aquella época, conoció de este caso y en febrero de 2009 emitió un informe que analizó el actuar de las autoridades y el abuso policial en los hechos ocurridos en 3 y 4 de mayo de 2006. La SCJN concluyó que elementos y mandos policiales maltrataron física y moralmente a las personas detenidas – incluyendo a las 11 mujeres víctimas del caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos— incumpliendo, de esa manera, con los principios que deben regir el uso de la fuerza pública. Asimismo, la SCJN determinó que dichas violaciones graves a las garantías individuales y derechos humanos, no se debieron a una estrategia estatal, ni obedecieron a órdenes ilícitas de autoridades superiores para preparar la agresión o urdir acciones contra los manifestantes.

Es preciso destacar, tal como se señala en la Recomendación 38/2006 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre el caso Atenco, que el entonces Gobernador sostuvo reuniones de trabajo en las que se le dio cuenta sobre las denuncias de violaciones a los derechos humanos y, en consecuencia, ordenó su inmediata investigación, así como la sanción de los responsables. Lo que motivó el inicio de investigaciones penales y de responsabilidad administrativas.

Convencido de la importancia de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, y de manera consistente con su reconocimiento de responsabilidad internacional, México condena categóricamente los hechos de violencia sexual y tortura cometidos en contra de las 11 víctimas y reitera su plena disposición y compromiso para atender adecuadamente las medidas de reparación que en su momento pueda ordenar la Corte Interamericana.