Glosario de términos del Registro Público Vehicular

¿Para el caso de entrega de glosario de términos a quién se deben dirigir los escritos y a cuál dirección?

Secretaría de Gobernación | 01 de marzo de 2017

Deben dirigirse al Director General del Registro Público Vehicular, con domicilio en Av. General Mariano Escobedo número 456, Piso 7, Col. Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11590, Ciudad de México.

¿A partir de qué fecha los sujetos obligados, deben presentar información al Registro Público Vehicular?

A partir del 4 de marzo de 2008, fecha en que entró en vigencia el Reglamento de la Ley del Registro Público Vehicular.

¿Qué es el CIFI?

Es el Código de Identificación del Fabricante Internacional, que asigna la Secretaría de Economía, son los tres primeros caracteres del NIV y los caracteres 12, 13 y 14, en caso de que fabrique menos de 500 vehículos al año. Los demás caracteres los asigna usted conforme a lo establecido en la NOM-001-SSP-2008.

¿Es lo mismo un CIFI que un WMI?

Sí, es lo mismo que la Identificación del Fabricante Internacional, la única diferencia es que el CIFI lo asigna la Secretaría de Economía y el WMI un Organismo Internacional (SAE).

¿Dónde debo tramitar el CIFI?

En la Secretaría de Economía.

¿Cuál es la dirección de la Secretaria de Economía?

Puente de Tecamachalco #6 Col. Lomas de Tecamachalco. Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez 53950 Estado de México.tel.5729-9100 ext.43201.

¿Qué documentos requiero para tramitar el CIFI?

  • Escrito libre de solicitud, dirigido al Director General de Normas de la Secretaría de Economía;
  • Copia simple de la escritura constitutiva en cuyo objeto social se contemple la actividad que motiva la solicitud (en caso de que la solicitud la haga una persona moral);
  • Copia simple del documento que acredite la personalidad del representante legal que promueve a nombre de la persona moral (si las facultades de quien promueve obran en la escritura constitutiva bastará con la exhibición de esa copia simple);
  • Copia simple de la identificación del promovente o del representante legal (IFE, cédula profesional o pasaporte);
  • Copia simple de un comprobante de domicilio del lugar donde se pretende fabricar o ensamblar los vehículos;
  • Copia simple de su alta ante la SHCP (cédula de identificación fiscal o formato de aviso de inscripción, debidamente recibido por la autoridad hacendaria);
  • En su caso, copia simple del registro de marca ante IMPI y establecer en el escrito si su producción anual será de menos o de más de 500 unidades.

¿Quién debe tramitar un CIFI?

Quienes fabriquen vehículos de conformidad con el numeral 2.12, y sus subnumerales, de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSP-2008.

¿Qué es un NIV?

Es el número de identificación vehicular, el cual consta de 17 caracteres alfanuméricos y en su conformación no acepta los caracteres I, O, Q y Ñ.

¿Para qué sirve un NIV?

Servirá a los particulares y al sector público, como instrumento para identificar con certeza legal el vehículo.

¿Quién asigna los NIVS’?

Únicamente el fabricante de los vehículos puede asignar NIVS.

¿El REPUVE puede asignar NIVS?

No, ninguna autoridad puede asignar NIVS, como se comentó en la pregunta anterior solo los fabricantes de vehículos pueden asignar NIVS.

¿Qué es un glosario de términos?

Es el documento en el que se especifican los criterios seguidos para la designación del número de identificación vehicular que permitan interpretar el significado de cada uno de los caracteres incluidos en el mismo.

¿Quiénes deben entregar glosarios de términos?

Los fabricantes, ensambladoras e importadores de vehículos que circularan en territorio nacional.

¿Existe algún formato para realizar la conformación del Glosario de términos?

No, la forma de presentar el glosario de términos es a elección del Sujeto Obligado

¿Qué documentos se requieren para la entrega del glosario de términos?

  • El sujeto obligado, su representante o apoderado legal, deberá elaborar un escrito en hoja preferentemente membretada, con firma autógrafa, dirigido al Director General del Registro Público Vehicular, en el cual solicite el dictamen favorable del Glosario de Términos, con el domicilio completo y dirección electrónica para oír y recibir notificaciones y teléfono.
  • Glosario de Términos,  indicando el lugar y forma de grabado del NIV;
  • Copia simple del Código Identificador del Fabricante Internacional CIFI o WMI

¿Puedo enviar los documentos por correo electrónico?

No, los documentos deben entregarse físicamente en Av. General Mariano Escobedo No. 456, Piso 7, Col. Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11590, Ciudad de México; ya sea personalmente o bien a través de una empresa de mensajería, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 19:00.

 ¿Soy un importador de vehículos, motocicletas o remolques, estoy obligado a cumplir con las disposiciones establecidas en la NOM-001-SSP-2008?

Si, está obligado a entregar glosario de términos al Registro Público Vehicular, así como confirmar que los vehículos que importe cumplan con lo establecido en la NOM-001-SSP-2008.

¿La instalación del NIV en las unidades importadas, lo tengo que colocar yo aquí en México, o bien lo realiza el fabricante en el país de origen?

Únicamente el fabricante de origen de los vehículos puede asignar y grabar NIVS.

¿Cuánto tiempo dura el trámite de autorización a Glosario de Términos presentado?

El tiempo es de 25 días hábiles, para que se emita el dictamen favorable.

¿Cómo realizo la asignación de NIV en las unidades?

El NIV está conformado por 17 dígitos e integrado por cuatro secciones, primera sección: Código Identificador de Fabricante Internacional; segunda sección, descripción técnica de la unidad; tercera sección, digito verificador y, cuarta sección, identificador individual del vehículo, que a su vez está integrada por año modelo, planta de fabricación y número de serie del vehículo.

¿A qué se refiere con número de sujeto obligado?

Es el número asignado por el Registro Público Vehicular (ID), el cual lo identifica como sujeto obligado a proporcionar información requerida por Ley del Registro Público Vehicular.

¿Por cuánto tiempo me autorizan el dictamen favorable?

La vigencia  es anual, y puede ser hasta por cinco años como máximo, si así lo solicita.

¿Qué es el tipo de vehículo?

Es la clasificación del vehículo que tiene autorizado a fabricar. En el CIFI se encuentra establecido.

¿Puedo combinar caracteres para describir las características generales de la unidad producida?

Si es factible, debe colocarlos en el mismo renglón y especificarlo: ejemplo en la tabla 1: para la posición 4 y 5. E2.

¿Qué pasa si no requiero o no necesito alguno de los caracteres para establecer las características generales del vehículo?

En caso de que el fabricante no necesite de uno o más caracteres, los espacios no utilizados deben ser ocupados por los caracteres “Z” o “0”. 

¿Cómo calculo el digito verificador?

La explicación la encuentra en el numeral 3.2.6 de la NORMA. y dice:

Cada carácter numérico tendrá el valor matemático que representa.

Tratándose de caracteres alfabéticos se les asigna un valor de acuerdo con la Tabla 1.

Se multiplican los valores de cada carácter por los factores especificados en la Tabla 2.

Los resultados obtenidos de la anterior operación se suman y se divide el total entre 11.

El residuo de la división realizada anteriormente es el digito verificador.

Si dicho residuo es 10, se utiliza la letra X.

¿Cómo hago referencia al año modelo?

Usted lo localiza en el numeral 3.2.7.1 de la NOM-001-SSP-2008, tabla 3.- año modelo.

Año Modelo       Clave

2013                        D

2014                        E

2015                        F

2016                        G

2017                        H

¿Qué debo decir en planta de fabricación?

Debe escribir el domicilio completo de la planta de fabricación, calle, número, código postal, estado, municipio, y en el caso de extranjeras igual el domicilio completo de la planta de fabricación.

¿Los caracteres que hacen referencia al número de serie deben ser alfanuméricos?

Los últimos 4 caracteres que conforman el NIV deben de incluir exclusivamente números.

¿Dónde debe grabarse el NIV?

Directamente sobre una pieza estructural sólida del vehículo, que puede ser el chasis o en caso de remolques, semirremolques y convertidores, en una pieza inamovible o difícilmente reemplazable de la carrocería o en una placa metálica o etiqueta que no pueda removerse sin ser destruida, a través de procedimientos que garanticen la permanencia del NIV durante la vida útil del vehículo bajo condiciones normales de uso.

¿Cuál debe ser el tamaño de los caracteres del NIV?

Por lo menos 3 mm excepto en el caso de autobuses, camiones y  tractocamiones, cuyo tamaño debe ser de por lo menos 2 mm.

¿Solo debo grabar un NIV en el vehículo?

Adicionalmente, el NIV, alguna de sus secciones, un algoritmo derivado del NIV u otro número de control interno del fabricante o ensamblador relacionado directamente con el NIV debe instalarse también en un lugar oculto. Esto no es aplicable a motocicletas.

¿Cuándo entregue el glosario de términos debo informar sobre el NIV oculto?

No, la información del NIV oculto solo deberá proporcionarla a petición de la autoridad competente.

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