Baja al padrón de sujetos obligados del Registro Público Vehicular

¿A quién se deben dirigir los escritos referentes a trámites relacionados con la baja al Padrón de Sujetos Obligados y la baja de usuarios?

Secretaría de Gobernación | 01 de marzo de 2017

¿A quién se deben dirigir los escritos referentes a trámites relacionados con la baja al Padrón de  Sujetos Obligados?

Deben dirigirse al Titular del Centro Nacional de Información, con domicilio  en Av. General Mariano Escobedo número 456, Piso 7, Col. Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11590, México, Distrito Federal, con  atención al Director General del Registro Público Vehicular.

 ¿A partir de qué fecha los sujetos obligados deben presentar información al Registro Público Vehicular?

A partir del 4 de marzo de 2008, fecha en que entró en vigencia el Reglamento de la Ley del Registro Público Vehicular.

¿Cómo se realiza el trámite para dar de baja a una empresa en el Padrón de Sujetos Obligados?

El sujeto obligado, su representante o apoderado legal, deberá elaborar un escrito en hoja preferentemente membretada, con firma autógrafa, dirigido al Titular del Centro Nacional de Información, con atención al Director General del Registro Público Vehicular, con los siguientes requisitos:

  • Indicar que solicita la baja del número (s) de sujeto obligado (escribir nombre o razón social) del Padrón de Sujetos Obligados del Registro Público Vehicular.
  • Indicar el (los) número (s) de sujeto obligado (en caso de ser distribuidor de varias marcas).
  • Indicar que cumplió con lo dispuesto por los artículos 15 y 23 (fracciones correspondientes) de la Ley del Registro Público Vehicular, según el tipo de sujeto obligado.

Anexar:

  • El Formato de alta baja o actualización al padrón de Sujetos Obligados, debidamente requisitado, marcando como tipo de movimiento la opción “BAJA”.
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