La Comisión Intersecretarial es la instancia encargada de definir y coordinar la implementación de una Política de Estado en materia de Trata de Personas.

El 14 de junio de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (Ley General).

Esta Ley General establece en su artículo 84 la conformación de LA COMISIÓN, la cual tiene por objeto definir y coordinar la implementación de una Política de Estado en materia de Trata de Personas; así como impulsar y coordinar en toda la República la vinculación interinstitucional para prevenir y sancionar los delitos objeto de esta Ley; llevar a cabo la inspección y vigilancia de los programas, acciones y tareas en la materia, y llevar la evaluación, rendición de cuentas y transparencia, sin perjuicio de las atribuciones que en dichas materias correspondan a otras instancias.

LA COMISIÓN sesiona cuando menos dos veces al año y es presidida por el C. Secretario de Gobernación y está integrada por las personas Titulares de las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, Relaciones Exteriores, Trabajo y Previsión Social, Salud, Desarrollo Social, Educación Pública y Turismo; la Procuraduría General de la República, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, el Instituto Nacional de las Mujeres, el Instituto Nacional de Migración, y el Instituto Nacional de Ciencias Penales, con derecho a voz y voto.

De igual manera, pueden participar, con derecho a voz sin voto.

  • una persona representante de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión,
  • una persona representante del Poder Judicial de la Federación,
  • tres personas representantes de la Conferencia Nacional de Gobernadores,
  • una de cada una de las organizaciones de municipios,
  • una persona representante de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos,
  • una representante del Consejo Nacional de Población,
  • tres personas representantes de la Organización de Organismos Oficiales de Defensa de los Derechos Humanos,
  • tres personas representantes de la Conferencia Nacional de Procuradores Generales de Justicia,
  • una del Consejo Nacional de Seguridad Pública,
  • tres personas representantes de organizaciones de la sociedad civil
  • tres personas expertas académicas con conocimiento y trabajo relevante sobre el tema de trata de personas


El Reglamento Interno de LA COMISIÓN establece el procedimiento de selección de las tres personas representantes de las organizaciones de la sociedad civil y las tres personas expertas académicas cuya participación en LA COMISIÓN tendrá una duración de uno hasta tres años de manera escalonada.

Bases de la convocatoria:

  • El encargo tiene un carácter honorífico, con derecho a voz pero sin voto.
  • La duración del encargo para el representante de organizaciones de la sociedad civil será de un año, con posibilidad de reelección por una sola ocasión.
  • La duración del encargo para las personas expertas académicas será de uno y dos años, respectivamente, con posibilidad de reelección por una sola ocasión.
  • Las organizaciones de la sociedad civil y los expertos académicos, tendrán las funciones previstas en el Reglamento Interno de LA COMISIÓN.

Criterios para la selección de las candidaturas

Los criterios de selección de la organización de la sociedad civil y de las personas expertas académicas, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Interno de LA COMISIÓN, son los siguientes:

  • Organizaciones de la Sociedad Civil:
    • Contar con experiencia, nacional o internacional, de trabajos en la protección y asistencia de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos en materia de trata de personas o en los ámbitos de prevención, persecución, sanción o erradicación de estos delitos;
    • Acreditar que, a la presentación de su candidatura, se encuentran realizando actividades relativas a las señaladas en el numeral anterior, y
    • Contar con programas o proyectos en el tema de trata de personas.
  • Personas expertas académicas:
    • Contar con experiencia, en el ámbito nacional o internacional, en actividades docentes e investigación en cualquiera de los temas de prevención, persecución, sanción o erradicación de los delitos en materia de trata de personas, así como en la protección y asistencia de las víctimas, ofendidos y testigos;
    • Acreditar que, a la presentación de su candidatura, se encuentran realizando actividades relativas a las señaladas en el numeral anterior, y
    • Haber realizado estudios o publicaciones sobre temas de derechos humanos y trata de personas.

Procedimiento de selección

La selección de los representantes, se llevará a cabo por acuerdo de los integrantes de la Subcomisión Consultiva, la cual presentará una propuesta motivada y fundamentada al Pleno de LA COMISIÓN para su aprobación en la primera sesión que celebre en el Ejercicio Fiscal 2016.

Para tal efecto, la Subcomisión Consultiva tomará en consideración para la selección de los representantes de organizaciones civiles y expertos académicos, además de los criterios previstos en la normativa vigente aplicable, aquellos que representen un posible conflicto de interés o de cualquier otro que vaya en contra de los objetivos de LA COMISIÓN.

En esta ocasión, LA COMISIÓN elegirá a una persona de organización de la sociedad civil para que se desempeñe por un periodo de un año y dos personas expertas académicas para que se desempeñen por un periodo de uno y dos años respectivamente, a partir del acuerdo de los miembros de LA COMISIÓN.

  • Las postulaciones, en el caso de las personas expertas académicas, deberán contener los siguientes requisitos:
    • Carta de exposición de motivos para actuar como participante para efectos consultivos en LA COMISIÓN;
    • Currículum vítae de la persona experta;
    • Acreditar a la presentación de su candidatura, que se encuentran realizando actividades docentes e investigación en cualquiera de los temas de prevención, persecución, sanción o erradicación de los delitos en materia de trata de personas, así como en la protección y asistencia de las víctimas, ofendidos y testigos de estos delitos, y
    • Acreditar haber realizado estudios o publicaciones sobre temas de derechos humanos y trata de personas.
  • Las postulaciones, en el caso de las organizaciones de la sociedad civil, deberán contener los siguientes requisitos:
    • Carta de presentación de la institución u organización postulante;
    • Copia del acta constitutiva debidamente registrada ante el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil;
    • Carta de exposición de motivos para actuar como participante para efectos consultivos en LA COMISIÓN;
    • Experiencia curricular de la Organización de la Sociedad Civil;
    • Documentación comprobatoria de contar con experiencia nacional o internacional en actividades de protección y asistencia de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos en materia de trata de personas, y
    • Documentación que compruebe la existencia de programas o proyectos en el tema de trata de personas

El registro de las candidaturas y el envío de los archivos electrónicos correspondientes, puede llevarse a cabo de manera electrónica a partir del 20 de abril de 2016 y cerrará el 20 de mayo de 2016 a las 24:00 horas: Haz clic aquí para postular

También se podrán entregar los documentos físicamente en el domicilio de la Secretaría Técnica de LA COMISIÓN, ubicada en Miguel Ángel de Quevedo No. 915, Col. El Rosedal, C.P. 04330, Delegación Coyoacán, Ciudad de México del 20 de abril al 20 de mayo de 2016, en horario de las 10:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes. La fecha límite para la recepción de documentos físicos, es el 20 de mayo de 2016 a las 18:00 horas. En ningún caso se otorgarán prórrogas.

Las postulaciones que hayan cumplido con todos los requisitos serán evaluadas por la Subcomisión Consultiva, la cual someterá una propuesta justificada para consideración de LA COMISIÓN.

Posteriormente en sesión, LA COMISIÓN analizará y elegirá a las o los candidatos ganadores.

En el tratamiento de los datos personales de las personas candidatas, se observará la legislación en materia de transparencia, acceso a la información pública, y protección de datos personales.

La decisión de LA COMISIÓN será definitiva e inapelable.

Todos los supuestos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por LA COMISIÓN.

A través de esta misma página se darán a conocer los resultados .

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