La Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes #LGDNNA marca un cambio de paradigma. Son las nuevas reglas del juego: el interés superior de la niñez los pone ahora en el centro de la atención social. El nuevo enfoque de derechos para niñas, niños y adolescentes #NNyA resalta la prevalencia del derecho de niñas y niños a ser cuidados y atendidos por su madre, padre; por ambos padres o bien por la persona tutora de sus derechos.

Esta nueva perspectiva de derechos para #NNyA no contradice el derecho de las madres y padres. Ambos derechos apuntan en la misma dirección porque la Convención sobre los Derechos del Niño #CDN establece que el Estado debe garantizar “el reconocimiento del principio que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño”.

Del mismo modo, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer #CEDAW, explicita que los derechos de las trabajadoras deben ser protegidos ante potenciales discriminaciones originadas por la maternidad: Con esto, los Estados deben prohibir y sancionar prácticas discriminatorias e implementar licencias pagadas, prestación de servicios de cuidado y otras medidas que permitan combinar las responsabilidades laborales y familiares de ambos padres.

En la elaboración de  las políticas públicas, se deberán  tomar en cuenta ambos enfoques. Por ejemplo, en el caso de lactarios, no imponer horarios rígidos para evitar que las mujeres afecten su jornada laboral determinada; más bien, flexibilizarlos porque las y los bebés sean alimentados cuando tienen necesidad y no cuando tengan que cumplir un horario predeterminado que ignora el ritmo de su alimentación.