El 10 de junio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma constitucional que modificó once artículos en materia de derechos humanos. La reforma ha sido reconocida como el cambio constitucional más trascendente desde 1917, porque modifica el paradigma del quehacer estatal al priorizar expresamente la protección a las personas y la realización de sus derechos como fin y justificación del Estado.

Su relevancia, sin embargo, alcanza también la forma de entender al Derecho mismo: integra expresamente a los tratados internacionales que contienen derechos humanos como parte del texto constitucional y establece la aplicación de la norma o interpretación que mejor protege a la persona (principio pro persona).

El contenido de la reforma está dirigido a todas las autoridades, como lo establece el párrafo tercero del artículo primero cuando dispone que, “en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad