Finalidad del Trámite

Autorizar la transmisión o difusión de actos de culto religioso de carácter extraordinario a través de medios masivos de comunicación no impresos.

¿Cuándo se debe realizar?

En el caso que las asociaciones religiosas deseen transmitir actos de culto religioso extraordinario  a  través  de  medios  masivos  de  comunicación  no  impresos.  La solicitud deberá presentarse cuando menos con 15 días naturales de anticipación a la fecha del evento.

¿Quién lo debe solicitar?

El representante y/o apoderado legal de la asociación religiosa debidamente constituida ante esta Dependencia.

¿Cuál es la vigencia del trámite?

Por la duración del acto de culto público autorizado.

¿Dónde se puede realizar?

Para realizar el trámite o recibir mayor información llame o acuda al espacio de Contacto Ciudadano de la Dirección General de Asociaciones Religiosas, ubicado en Londres No. 102, Piso 4, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06600 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, teléfono (0155) 5128-0000 exts. 36924 y 36925.

Si usted tiene dudas o algún problema con la información o gestión del trámite, favor de comunicarse a la Subdirección de Normas y Sanciones, al teléfono: 01 (55) 5128-0000 ext. 36904 o enviar un correo electrónico a: dgar@segob.gob.mx.

¿Cuáles son los requisitos?

El  solicitante  deberá  presentar  por  lo  menos  15  días  antes  de  la  fecha  del  acto, escrito libre, dirigido al Director General de Asociaciones Religiosas, que incluya:
Lugar, Fecha, horarios y duración del acto, Nombre de la Televisora o radiodifusora, indicando las siglas y frecuencia, El motivo por el que éste se pretende celebrar y, Firmado por representante o apoderado legal de la asociación religiosa.

¿Cuáles son los documentos que debe anexar?

Documento con el que acredita su personalidad como representante o apoderado legal, en caso de no existir en el expediente de la asociación religiosa.

¿Cuál es el costo?

Este trámite es gratuito. No le pueden exigir pago alguno para realizar el trámite. En caso contrario, por favor denúncielo.

Responsabilidad del Ciudadano

Para realizar el presente trámite es responsabilidad del usuario cubrir todos los requisitos que se describen en este tríptico.

También tiene la obligación de denunciar y/o reportar cualquier irregularidad que detecte, originada por una ineficiencia del servicio o de una inapropiada conducta por parte de algún servidor público. 

Compromiso del Servicio

Estos son los estándares de servicios que nos comprometemos a cumplir:

Oportunidad: La respuesta estará disponible en un plazo de 10 días naturales.

Confiabilidad: La autorización no presentará errores ortográficos o de datos.

Honestidad: Nadie le solicitará dádivas, prestaciones o dinero a cambio del trámite.

Transparencia: Se le proporcionará información relacionada con el trámite personalmente en nuestras oficinas y a través de los medios señalados en la sección “¿Dónde se puede realizar?” de este apartado.

Amabilidad: El personal encargado del trámite lo tratará con cortesía y aclarará sus dudas relacionadas con  el mismo.

¿Qué hacer si no cumplimos?

  • Atención Inmediata: Para  mejorar  nuestra  atención  en  aquellos  casos  en  los  que  se  presente  algún problema  relacionado  con  los  requisitos  o  la  gestión  del  trámite,  usted  puede solicitar la atención personal del Director de Área encargado de su trámite, o en su caso, por el Director General de Asociaciones Religiosas.
  • Quejas y sugerencias de servicios: En el espacio de Contacto Ciudadano está disponible un buzón y papeletas para expresar con toda libertad su inconformidad o comentario. Vía telefónica: 01 (55) 51 28 00 00 ext. 36904. Vía internet al correo electrónico: dgar@segob.gob.mx. Sus quejas o sugerencias serán atendidas por el Subdirector de Normas y Sanciones, en un plazo no mayor a 10 días hábiles.

Oficio ejemplo para realizar la solicitud