¿Quiénes pueden realizar este trámite?
Únicamente concesionarios de radio y/o televisión[1].
¿Cómo debo realizar el trámite?
Deberás presentar ante la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía un escrito libre de solicitud, en original y copia, que contenga lo siguiente [2]:
· Características de la transmisión objeto de la solicitud de autorización.
· Duración (vigencia) de la transmisión objeto de la solicitud de autorización.
- Nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan y, en su caso, de su representante legal.
- Domicilio para recibir notificaciones.
- Nombre de la persona o personas autorizadas para recibir notificaciones.
- Hechos o razones que dan motivo a la solicitud de autorización.
- Lugar y fecha de emisión del escrito de solicitud de autorización.
- Firma del interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital.
¿Qué documentos debo acompañar mi escrito?
- Pago de derechos electrónico, por concesionario, debidamente requisitado, en original y copia, en términos de lo establecido por los artículos 19- E, fracción III y 19- F, fracción III de la Ley Federal de Derechos vigente en el ejercicio fiscal que se presente la solicitud, según sea el caso.
- En caso de que el escrito sea presentado a través de un Representante Legal, éste deberá adjuntar el Instrumento Notarial del que se desprenda el Poder General o Especial que le permita realizar Actos de Administración, el cual debe cumplir con las disposiciones aplicables.[3]
[1] Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Artículo 230.
[2] Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Artículo 15.
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Artículo Tercero Transitorio.
Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión. Artículo 23.
[3] Código Civil Federal. Artículo 2554.