¿Quiénes pueden realizar este trámite?

Únicamente concesionarios de radio y/o televisión[1].

¿Cómo debo realizar el trámite?

Deberás presentar ante la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía un escrito libre de solicitud, en original y copia, que contenga lo siguiente [2]:

·     Características de la transmisión objeto de la solicitud de autorización.

·     Duración (vigencia) de la transmisión objeto de la solicitud de autorización.

  • Nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan y, en su caso, de su representante legal.
  • Domicilio para recibir notificaciones.
  • Nombre de la persona o personas autorizadas para recibir notificaciones.
  • Hechos o razones que dan motivo a la solicitud de autorización.
  • Lugar y fecha de emisión del escrito de solicitud de autorización.
  • Firma del interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital.

¿Qué documentos debo acompañar mi escrito?

  1. Pago de derechos electrónico, por concesionario, debidamente requisitado, en original y copia, en términos de lo establecido por los artículos 19- E, fracción III y 19- F, fracción III de la Ley Federal de Derechos vigente en el ejercicio fiscal que se presente la solicitud, según sea el caso.
  2. En caso de que el escrito sea presentado a través de un Representante Legal, éste deberá adjuntar el Instrumento Notarial del que se desprenda el Poder General o Especial que le permita realizar Actos de Administración, el cual debe cumplir con las disposiciones aplicables.[3]

[1] Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Artículo 230.

[2] Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Artículo 15.

  Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Artículo Tercero Transitorio.

  Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión. Artículo 23.

[3] Código Civil Federal. Artículo 2554.