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Normatividad.

Para la realización de las Revistas de Inspección General y Auditorías.

Secretaría de la Defensa Nacional | 01 de enero de 2024
Revistas de Inspección General y Auditorías. Normatividad.

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Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Artículo 21.- El Alto Mando, para el cumplimiento de sus funciones, contará con los siguientes órganos:

I.   …;
II.  Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea;
 

Artículo 24.- La Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea es el órgano encargado de la supervisión, fiscalización y auditoria del personal, material, animales e instalaciones en sus aspectos técnico, administrativos y financieros, así como del adiestramiento de los individuos y de las unidades.

Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Artículo 15.- La Inspección y Contraloría General es el órgano administrativo responsable de la supervisión, evaluación, fiscalización, inspección y auditoría interna de los recursos humanos, animales, materiales y financieros de la Secretaría.

ARTÍCULO 16.- La Inspección y Contraloría General tendrá las atribuciones siguientes:

I.    …;
IV.  Inspeccionar, supervisar, fiscalizar, auditar y evaluar:

     A.    Al personal en aspectos morales, disciplinarios, técnicos, administrativos, presupuestarios y operativos;
     B.    El cumplimiento de las obligaciones derivadas de las normas administrativas, financieras, técnicas y operativas, respecto de los recursos humanos y materiales con los que cuenta la Secretaría;
     C.    La educación y el adiestramiento del personal del Ejército y Fuerza Aérea, de conformidad con las disposiciones aplicables, y
     D.    Los recursos animales, financieros y materiales, incluyendo los bienes muebles e inmuebles de carácter científico, tecnológico, cultural e histórico al servicio de la Secretaría.

Manual de Organización General de la Secretaría de la Defensa Nacional.

1.0.3. Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea.

Recomendar a la superioridad la aplicación de acciones legales, derivadas de la inspección, supervisión, fiscalización y auditoría del personal, material, animales e inmuebles en aspectos técnicos, administrativos y financieros, así como el adiestramiento de los organismos del Ejército y Fuerza Aérea.

Recomendar las acciones que permitan promover y fomentar la aplicación de políticas de transparencia, honradez y ética de los servidores públicos que tienen a cargo la administración y manejo del patrimonio, fondos federales y valores a cargo de la Secretaría.

Realizar las acciones que permitan inspeccionar, supervisar, fiscalizar, auditar y evaluar:

A)      Al personal en aspectos morales, disciplinarios, técnicos, administrativos, presupuestarios y operativos.

B)      El cumplimiento de las obligaciones derivadas de las normas administrativas, financieras, técnicas y operativas, respecto de los recursos humanos y materiales con los que cuenta la Secretaría.

C)      La educación y el adiestramiento del personal del Ejército y Fuerza Aérea, de conformidad con las disposiciones aplicables.

D)     Los recursos animales, financieros y materiales, incluyendo los bienes muebles e inmuebles de carácter científico, tecnológico, cultural e histórico al servicio de la Secretaría.

E)      Llevar a cabo las acciones que permitan comprobar que el empleo y conservación de todos los elementos de vida y operación del Ejército y Fuerza Aérea, se ajusten a las características y requisitos señalados por la legislación aplicable y disposiciones vigentes.

Verificar el cumplimiento de los preceptos legales establecidos en las leyes y reglamentos militares, así como de la Administración Pública Federal y de las disposiciones y órdenes emitidas por el Secretario, recomendando las acciones correctivas necesarias y proponiendo las sanciones administrativas y legales que procedan.

Supervisar la observancia de la doctrina militar, el fomento de los valores militares y que se estimule la superación profesional en los organismos del Ejército y Fuerza Aérea, y las demás atribuciones que le señalen las leyes y reglamentos, así como las que le encomiende el Secretario.

Fecha de última actualización: 25 de diciembre 2023.

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