1. Normatividad aplicable al trámite:

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.
  • Diario Oficial de la Federación de fecha 25 de noviembre de 2002.

 2. Requisitos:

  • Solicitud conforme a modelo (llenado a máquina).
  • Copia del acta constitutiva si se trata de sociedades mercantiles (cuando la solicitud del permiso se haga por conducto de quien se desempeñe como apoderada o apoderado legal, deberá acreditar su personalidad con poder notarial).
  • Copia del acta de nacimiento de la persona interesada (apoderada o apoderado), las personas extranjeras el documento que justifique su legal estancia en el país.

  • Copia de identificación vigente con fotografía (credencial de elector, licencia de conducir o pasaporte).
  • Permiso de importación expedido por el gobierno extranjero debidamente apostillado.
  • Comprobante de domicilio (boleta de pago del predio, recibo de agua, luz o teléfono), reciente no mayor a tres meses con los últimos pagos efectuados.
  • Copia de la cartilla del Servicio Militar Nacional (liberada); para las personas mayores de 40 años que no cuenten con dicho documento, deberán presentar el justificante de exención que otorga la Dirección del Servicio Militar Nacional o en su caso la Zona Militar correspondiente.
  • Catalogo a colores del material a exportar con información técnica en idioma español o traducción certificada por un perito en la materia.

  • Comprobante que acredite la adquisición del articulo a exportar (FACTURA), a favor del exportador.

Solicitud en formato electrónico.

Consulta lista de costos y Hoja de de ayuda para el pago electrónico e5cinco.
SEDENA-02-061


Plazo de resolución: De 40 a 45 días hábiles para la entrega del Permiso extraordinario.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

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