1. Normatividad aplicable al trámite:
- Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
- Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
- Disposiciones giradas por la propia Secretaría.
- Diario Oficial de la Federación de fecha 25 de noviembre de 2002.
2. Requisitos:
- Solicitud conforme a modelo (llenado a máquina).
- Copia del acta constitutiva si se trata de sociedades mercantiles (cuando la solicitud del permiso se haga por conducto de quien se desempeñe como apoderada o apoderado legal, deberá acreditar su personalidad con poder notarial).
- Copia del acta de nacimiento de la persona interesada (apoderada o apoderado), las personas extranjeras el documento que justifique su legal estancia en el país.
- Copia de identificación vigente con fotografía (credencial de elector, licencia de conducir o pasaporte).
- Permiso de importación expedido por el gobierno extranjero debidamente apostillado.
- Comprobante de domicilio (boleta de pago del predio, recibo de agua, luz o teléfono), reciente no mayor a tres meses con los últimos pagos efectuados.
- Copia de la cartilla del Servicio Militar Nacional (liberada); para las personas mayores de 40 años que no cuenten con dicho documento, deberán presentar el justificante de exención que otorga la Dirección del Servicio Militar Nacional o en su caso la Zona Militar correspondiente.
- Catalogo a colores del material a exportar con información técnica en idioma español o traducción certificada por un perito en la materia.
- Comprobante que acredite la adquisición del articulo a exportar (FACTURA), a favor del exportador.
Solicitud en formato electrónico.
Consulta lista de costos y Hoja de de ayuda para el pago electrónico e5cinco.
SEDENA-02-061
Plazo de resolución: De 40 a 45 días hábiles para la entrega del Permiso extraordinario.
Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.