1. Normatividad aplicable al trámite:
- Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
- Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
- Disposiciones giradas por la propia Secretaría.
2. Cambio de propietario (Generales, Jefes y Oficiales en activo o situación de retiro).
Anterior persona propietaria:
- Presentar el arma descargada en su estuche o en su funda.
- Original o copia certificada del registro del arma de fuego.
- Original y copia de la T.I.M. vigente.
- Fotocopia de la C.U.R.P., formato actualizada.
Nueva persona propietaria:
- Original y copia de la T.I.M. vigente.
- Fotocopia de la C.U.R.P., formato actualizado.
- Fotocopia del comprobante de domicilio vigente a su nombre o constancia domiciliaria expedida por el dueño del inmueble (conforme al formato establecido en la página de internet de esta Dependencia), anexando copia del comprobante de domicilio e identificación oficial vigente del titular del mismo.
- Para trámite con armas largas y/o actividades de caza o tiro es necesario pertenecer a un club cinegético, presentando original y copia fotostática de la Constancia de socio activo del club y credencial vigente de afiliación (firmados por el presidente del club) o en caso de ser ejidataria o ejidatario, comunera o comunero, jornalera o jornalero un documento que ampare ésta condición (solo para las personas civiles o personal militar de tropa y equivalente en la F.A.M. o Armada de México).
- Comprobante original del pago efectuado en efectivo en cualquier institución bancaria.
¿Cuál es el costo de este trámite?
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3. Cambio de propietario (personal de tropa).
Anterior persona propietaria:
- Presentar el arma descargada en su estuche o en su funda.
- Original o copia certificada por esta Dependencia o Zona Militar del registro del arma de fuego.
- Original y copia de la T.I.M. vigente.
- Fotocopia de la C.U.R.P., formato actualizada
- Para trámite con armas largas y/o actividades de caza o tiro es necesario pertenecer a un club cinegético, presentando original y copia fotostática de la Constancia de socio activo del club y credencial vigente de afiliación (firmados por el presidente del club) o en caso de ser ejidataria o ejidatario, comunera o comunero, jornalera o jornalero un documento que ampare ésta condición (solo para las personas civiles o personal militar de tropa y equivalente en la F.A.M. o Armada de México).
Nueva persona propietaria:
- Original y copia de la T.I.M. vigente.
- Fotocopia de la C.U.R.P., formato actualizado.
- Fotocopia del comprobante de domicilio vigente a su nombre o constancia domiciliaria expedida por el dueño del inmueble (conforme al formato establecido en la página de internet de esta Dependencia), anexando copia del comprobante de domicilio e identificación oficial vigente del titular del mismo.
- Antecedentes no penales
- Fotocopia de la Cartilla del S.M.N. liberada
- Fotocopia del Acta de Nacimiento.
- Comprobante original del pago efectuado en cualquier institución bancaria.
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4. Cambio de propietario (personal civil)
Nueva persona propietaria:
- Original y copia de identificación oficial vigente con fotografía, ampliada al 200%.
- Fotocopia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP) nuevo formato.
- Original y copia del comprobante de domicilio (recibo predial, agua, luz o teléfono residencial) a su nombre y con fecha de expedición no mayor a 3 meses u original de la constancia domiciliaria firmada por el titular del inmueble, conforme al formato establecido en la página de internet de esta Dependencia, adjuntando original y copia del comprobante de domicilio del mismo y fotocopia de la identificación oficial del propietario con fotografía, vigente, por ambos lados, ampliada al 200%.
- Original de la carta de trabajo especificando puesto, antigüedad y percepciones, documento actual y con membrete mismo que asiente razón social, teléfono de contacto, domicilio y correo electrónico; en el caso de comerciantes o trabajadores independientes, el documento deberá ser original y expedido por contador público con Cedula Profesional, anexando fotocopia legible de referida Cedula por ambos lados, ampliada al 200%.
Para el personal pensionado/jubilado, fotocopia legible del documento oficial que acredita tal situación (Resolución del otorgamiento de pensión/jubilación o credencial de pensionado/jubilado por ambos lados, ampliada al 200%), anexando fotocopia legible del último talón de pago de mencionado beneficio.
- Original de la constancia de antecedentes penales, expedida por la autoridad competente de la entidad federativa donde resida con la firma autógrafa y el sello correspondiente; las personas que radican en la Ciudad de México, deberán acudir a la Dirección del Archivo Nacional de Sentenciados y Estadística Penitenciaria de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, ubicada en Av. Melchor Ocampo No. 171, Col. Tlaxpana, C.P. 11370, Alc. Miguel Hidalgo, Cd. de Méx., con fecha de expedición no mayor a seis meses; de comprobarse la existencia de antecedentes penales, NO se expedirá trámite alguno la autorización, aun cuando hayan reunido los demás requisitos
- Fotocopia legible de la cartilla del Servicio Militar Nacional y de la hoja de liberación correspondiente; si son mayores de 40 años la constancia de excepción del Servicio Militar Nacional, expedida por la Oficina de Reclutamiento de las Zonas Militares del país o en la Oficina Central de Reclutamiento en la Cd. de Méx.; para personal femenino, fotocopia legible.
- Certificado médico – psicológico (salud mental), de conformidad al “acuerdo que establece los lineamientos específicos sobre los requisitos de capacidad física, y mental, así como de no consumo de drogas, enervantes o psicotrópicos, para acreditar su buena salud publicado en el D.O.F. de 21 Abr. 2021”, deberá anexar los resultados de las pruebas psicológicas de los test practicados.
- Armas para actividades de tiro deportivo o cinegéticas, presentar original y copia fotostática de la credencial de afiliación y constancia de socio activo (conforme a formato), con sello y firma del presidente del Club
- Los ejidatarios, comuneros, o jornaleros del campo, fotocopia legible del Certificado que los acredite como tal, expedido por el Presidente del Comisariado Ejidal o de bienes comunales, reconocido por la asamblea debidamente inscrita en el Registro Agrario Nacional o por ejecutoria del Tribunal Agrario, de no ser así, la constancia de posesión expedida por la primera autoridad administrativa local (Municipal), el cual deberá contener como mínimo los siguientes datos: Membrete, sello de la autoridad, número de oficio, teléfono y dirección.
- Armas para colección, anexar copia del permiso de colección (en caso de contar con el permiso respectivo).
- Comprobante original del pago efectuado en cualquier institución bancaria.
- Copia del acta de nacimiento.
- En caso de ser extranjero, forma migratoria FM2 o la carta de naturalización.
Anterior persona propietaria:
- Presentar el arma descargada en su estuche o funda.
- Original o copia del registro del arma de fuego (certificada por esta Dependencia o Zona Militar).
- Original y copia de identificación oficial vigente con fotografía, ampliada al 200%.
- Fotocopia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP) nuevo formato.
- En caso de Personal militar anexar fotocopia de la Tarjeta de Identidad Militar.
- Para personas morales anexar original y copia del poder notarial donde se le otorgue el carácter de Apoderado Legal o Representante Legal, original y copia de la identificación oficial vigente con fotografía ampliada al 200%, así como comprobante de domicilio fiscal de la empresa.
¿Cuál es el costo de este trámite?
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Plazo Máximo de resolución: De 30 a 50 minutos.
Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.
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