Permiso Ordinario Trimestral y Extraordinario a permisionarios que cuentan con Permiso General para comercializar cartuchos deportivos, de fuego central, de alto poder, industriales y de salva.

1. Normatividad aplicable al trámite:

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos:

  • Ingresar la solicitud de Permiso Ordinario mediante el formato, directamente en el Módulo de Atención al Público de la Zona Militar más cercana a su domicilio, anexando los documentos que se especifican en el reverso de la solicitud.
  • En el Módulo de Atención al Público, recabar el acuse de recibo de su trámite, mediante el sello.
  • Consultar directamente en el Módulo de Atención al Público de la Zona Militar donde ingresó la solicitud, o a través de los medios electrónicos, el curso de su trámite.
  • En caso de que se le comunique que el trámite resultó autorizado, realizar el pago correspondiente en cualquier institución bancaria, mediante el formato de pago e5cinco con la clave de referencia 034001132 y cadena de la dependencia 00275110000000 misma que deberá descargar en el link del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.

Consulta lista de costos y Hoja de de ayuda para el pago electrónico e5cinco.
SEDENA-02-054

Plazo de resolución: De 40 a 45 Días hábiles más para la entrega del Permiso.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

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