1. Normatividad aplicable al trámite:
- Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
- Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
- Disposiciones giradas por la propia Secretaría.
2. Requisitos:
- Solicitud conforme a modelo (llenada a máquina).
- Copia del acta constitutiva si se trata de sociedades mercantiles (cuando las solicitudes del permiso se hagan por conducto de apoderado, deberán acreditar su personalidad con poder notarial).
- Copia del acta de nacimiento del interesado, los extranjeros el documento que justifique su legal estancia en el país.
- Copia de identificación vigente con fotografía (credencial de elector, licencia de conducir o pasaporte), cuando se trate de empresas la del representante(s) legal(es).
- Original del comprobante de domicilio reciente (boleta de pago del predio, recibo de agua, luz o teléfono).
- Catalogo a colores, del material a importar con información técnica en idioma español o traducido al español, certificado por un perito en la materia.
- Copia de la Cartilla del Servicio Militar Nacional (liberada), únicamente personal masculino; para las personas mayores de 40 años que no cuenten con dicho documento, deberán presentar el justificante de exención que otorga la Dirección General del Servicio Militar Nacional o en su caso la Zona Militar correspondiente.
- Comprobante que acredite la adquisición del articulo a exportar (FACTURA), a favor del exportador.
- Original del documentol de inscripción al padrón de importadores de sectores específicos, administración central de contabilidad y glosa (Vigente).
- Copias de la R.F.C. Y C.U.R.P.
Solicitud en formato electrónico.
Hoja de ayuda para el pago electrónico e5cinco.
Plazo Máximo de resolución: 15 a 45 días hábiles para la entrega del Permiso extraordinario.
Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.
Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.