1. Normatividad aplicable al trámite.

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.

  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos.

  • Solicitud de quien ejerza la presidencia o titularidad del club.
  • Croquis de acotado de localización del campo de tiro en escala 1 a 4000, donde se observen 360 grados.
  • Plano detallado de las instalaciones a escala 1 a 4000.
  • Documento donde compruebe la propiedad del terreno.
  • Opinión de quien sea titular de la Gubernatura de la Entidad Federativa.
  • Opinión de quien sea titular de la Presidencia Municipal.
  • El campo de tiro deberá ubicarse como mínimo a 1000 metros de distancia hacia lugares habitados, vías de comunicación, protegidas por accidentes naturales o artificiales.

 Escrito libre.

¿Cuál es el costo de este trámite?

Consulta lista de costos y Hoja de de ayuda para el pago electrónico e5cinco.

Plazo Máximo de resolución: De 35 a 40 días hábiles.

Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

Regresar a licencias, clubes y colecciones.