1. Normatividad aplicable al trámite.

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.

  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos.

  • Solicitud firmada por quien sea titular de la Licencia Oficial Colectiva especificando la cantidad de personal que desea dar de baja de su licencia, anexando los siguientes requisitos:

 - Original y cuatro copias de la relación del personal que desea dar de baja de la Licencia Oficial Colectiva conforme al modelo número cuatro (altas y bajas) se anexa formato, con firma del Titular de la Licencia (se anexa formato).

- Un disco compacto que contenga el archivo electrónico de la relación de personal conforme al modelo número cuatro.

Quien sea titular de la Licencia deberá remitir los requisitos a través de la Zona Militar correspondiente, con la documentación antes descrita para su revisión y trámite, a excepción de las corporaciones de seguridad pública que se encuentren en el Distrito Federal, mismas que deberán de ingresar la documentación antes mencionada a través del módulo de atención al público de esta Dirección General.

Solicitud en formato electrónico.
 

¿Cuál es el costo de este trámite?

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Plazo Máximo de resolución: De 15 a 20 días hábiles.

Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

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