1. Normatividad aplicable al trámite.

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.

  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos.

 Solicitud firmada por quien sea titular o representante legal de la empresa, especificando la modalidad de la Licencia Particular con que cuenta, remitida con 60 días de anticipación al término de la vigencia de la Licencia, anexando:

  • Relación de sucursales autorizadas, incluyendo el domicilio de cada una de ellas.
  • Copia certificada del poder notarial de quien se desempeñe como representante legal.
  • Copia certificada (vigente) de la Opinión Favorable de la Secretaría de Gobernación (Dirección General de Seguridad Privada).
  • Copia certificada de la autorización para prestar servicios de seguridad privada (vigente), expedida por la Secretaría antes mencionada.
  • Copia certificada del acta constitutiva de la empresa y sus modificaciones o reformas.
  • Relación del personal y armamento por sucursales, conforme a los modelos número 1, 2 y 3, en cuatro tantos.
  • Relación de vehículos conforme a modelo de movimiento de vehículos (blindados y no blindados) que tiene autorizados y por sucursales, en cuatro tantos.
  • Copia certificada del documento mediante el cual se especifique la forma en que la empresa proporcionará el tipo de servicio a las empresas que contraten sus servicios (de acuerdo a la modalidad solicitada).
  • Se requieren los compromisos por escrito por parte de la empresa, en hoja membretada, sobre los siguientes aspectos:

 · Que la empresa dará cumplimento a las leyes federales y estatales correspondientes, así como a las disposiciones administrativas que gire la Secretaría de la Defensa Nacional.

· Que se concentrará el armamento en las instalaciones militares más cercanas para su custodia, cuando así lo determine la Secretaría de la Defensa Nacional; en los casos en que el armamento pueda ser utilizado para otros fines que no sean los estipulados en la licencia, en tanto sea superada la situación que se presente.

· Que el personal que proporciona seguridad a esa empresa, no pertenece a algún cuerpo de policía o a otra empresa de seguridad privada.

· La conformidad de esa empresa para que esta Secretaría realice las inspecciones de armamento que estime convenientes.

· Manifestar ante la Secretaría de la Defensa Nacional, las armas y municiones con que se cuenta al momento de realizar la solicitud (a fin de verificar su legal procedencia), para el efecto de que se someta a aprobación la revalidación de la licencia particular colectiva de portación de armas de fuego.

Cada uno de estos compromisos deberá ser elaborado en documentos por separado.

 

NOTA: La relación correspondiente a los numerales 1, 6 y 7 deberá entregarse respaldada en formato electrónico (formato Excel) Solicitud en formato electrónico.

 

  • Remitir los expedientes del personal operativo veterano con los siguientes requisitos:

· Certificado médico y psicológico, expedido por facultativos autorizados, elaborados en papel membretado, el cual contenga su registro ante las autoridades de salud, cedula profesional, así como su registro federal de causantes, anexando los exámenes clínicos y psicológicos que les hayan practicado.

· Certificado médico-toxicológico de no consumo de drogas, enervantes o psicotrópicos (con sus pruebas de laboratorio anexas), conforme a formato.
 

Solicitud en formato electrónico.

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Plazo Máximo de resolución: De 35 a 40 días hábiles.

Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

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