1. Normatividad aplicable al trámite.

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.

  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos.

Solicitud firmada por el titular de la Licencia Particular Colectiva o Representante Legal,  especificando la cantidad de personal que desea dar de baja de su licencia, anexando los siguientes requisitos:

  • Original y cuatro copias de la relación del personal y armamento asignado conforme al modelo número cuatro (altas y bajas), adjuntando respaldo electrónico en Disco Compacto (formato Excel).

Solicitud en formato electrónico.

Sin costo.

Plazo Máximo de resolución:45 días hábiles como máximo.
Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.
Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

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