1. Normatividad aplicable al trámite.
- Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
- Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
- Disposiciones giradas por la propia Secretaría.
2. Requisitos.
- Solicitud firmada por el Titular de la Licencia, designando representante legal.
- Instrumento notarial (original o copia certificada).
- Copia de identificación oficial de cada representante.
Solicitud en formato electrónico.
Sin costo.
Plazo Máximo de resolución: 45 días hábiles como máximo.
Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.
Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.