1. Normatividad aplicable al trámite.

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos.

  • Solicitud firmada por el Titular de la Licencia, designando representante legal.
     
  • Instrumento notarial (original o copia certificada).
     
  • Copia de identificación oficial de cada representante.

Solicitud en formato electrónico.

Sin costo.

Plazo Máximo de resolución: 45 días hábiles como máximo.

Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

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