De conformidad con el Decreto Presidencial publicado en el D.O.F. el 11 de Abril de 1995 es facultad de la Secretaría de la Defensa Nacional por conducto de la Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones (D.C.A.M.) enajenar, importar y exportar armas, municiones y equipo conexo. Así como brindar el servicio para adquirir armas y/o municiones para los diferentes Cuerpos de Seguridad Pública, Empresas de Seguridad Privada, Dependencias Paraestatales, Militares, Tiradores Deportivos, Cazadores, Trabajadores del Campo y un gran número de Ciudadanos en General, previa autorización expresa de la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.