El 4 de junio de 1994, en el puesto de control militar, ubicado a inmediaciones del municipio de Altamirano, Chis., personal militar revisó a las hermanas Ana, Beatriz y Celia de apellidos González Pérez, por haberse negado a identificarse, mismas que posteriormente denunciaron haber sido violadas por 30 soldados.
 
El 16 de octubre del 2000, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, publicó el informe número 79/00, recomendando al Gobierno de México, lo siguiente:

  • Investigar de manera completa, imparcial y efectiva en la jurisdicción penal ordinaria mexicana para determinar la responsabilidad de los autores de las violaciones de Derechos Humanos en perjuicio de las supuestas agraviadas.
  • Reparar adecuadamente a Ana, Beatriz y Celia González Pérez y a Delia Pérez de González, por las violaciones de sus Derechos Humanos.
La entonces Procuraduría General de Justicia Militar integró la averiguación previa No. SC/007/2001/I-E-XIV, para esclarecer los hechos denunciados.
El 21 de mayo de 2009, el Ministerio Público del estado de Chiapas, a petición de la Procuraduría General de Justicia Militar desahogó las diligencias que se encontraban pendientes y el 15 de enero de 2010, el Agente del Ministerio Público Militar, determinó la averiguación previa con el no ejercicio de la acción penal, en virtud de que no se acreditó la violación sexual alegada por las supuestas agraviadas, archivándose como asunto concluido.