¿Cómo puedo tramitar el Baja de los vehículos autorizados en los permisos generales e implícitos?
PASO 1. Reúne todos los requisitos.
PASO 2. Acude al módulo de atención al público del Registro Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
 
¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?

Solicitud conforme a formato.

Copia certificada de la baja del vehículo otorgada por la S.C.T.

Copia de la última modificación en el presente año.

¿Qué procedimiento deberás seguir?
  1. Acude al módulo de información y atención al público del Registro Federal de Armas de Fuego y Explosivos y solicita mediante escrito libre el cambio de placas de los vehículos que requiere, anexando para el efecto la totalidad de documentos que específica el apartado.
  2. En el módulo de atención al público recaba el acuse de recibo de tu trámite, mediante el sello y la asignación de un número de folio.
  3. Consulta directamente en el módulo de atención al público o a través de los medios electrónicos, sobre el curso de tu trámite.
  4. En caso de que se te comunique que el trámite resulto autorizado, acude al módulo de atención al público del Registro Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para que recojas la modificación del permiso.

¿Cuál es el costo de este trámite?


¿Dónde puedo realizar este trámite?
En el módulo de información y atención al público del Registro Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
 
¿Es necesario llenar algún formato?
Sí, el formato SEDENA-02-003 baja de los vehículos autorizados en los permisos generales e implícitos.
 
¿Dónde puedo descargar el formato?

 

¿En cuánto tiempo obtengo una respuesta de resolución a este trámite?

 

El tiempo para este trámite es de 5 a 10 días hábiles.
 
¿Qué información necesito para llenar el formato que me solicitan?
Datos generales de la persona física o moral que realiza el trámite de la baja de los vehículos, dirección de correo electrónico, datos de los vehículos que vas a dar de baja.
 
¿Es necesario solicitar una cita?
No es necesaria una cita.
 
¿Qué pasaría si no realizo este trámite?
Estaría cometiendo una conducta delictiva de acuerdo a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y al Código Penal Federal, en correlación.
 
¿Es necesario realizar otro trámite para poder llevar a cabo el actual?
No.