¿Cómo puedo tramitar la asignación de armamento contemplado en una licencia particular colectiva? 

PASO 1. Reúne todos los requisitos.

PASO 2. Acude al módulo de atención al público del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?

Solicitud de quien sea titular o representante legal de la persona moral que tiene otorgada una licencia particular colectiva, señalando la transferencia respectiva (escrito libre)

Original y cuatro copias de la relación del personal y armamento asignado conforme al modelo número cuatro (altas y bajas), adjuntando respaldo electrónico en disco compacto (formato Excel).

¿Qué procedimiento debo seguir?

  1. Ingresa la solicitud de asignación de armamento contemplado en una licencia particular colectiva.
  2. En el módulo de atención al público recaba el acuse de recibo de tu trámite, mediante el sello correspondiente.
  3. Consulta directamente en el módulo de atención al público o a través de los medios electrónicos, el curso de tu trámite.
  4. En caso de que se te comunique que el trámite resultó autorizado, asiste al módulo de atención al público del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos con identificación oficial vigente para recoger la asignación de armamento contemplado en una licencia particular colectiva.

¿Cuál es el costo de este trámite?

Este trámite no tiene costo.

¿Dónde puedo realizar este trámite?

En el módulo de información y atención al público del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.

¿Es necesario llenar algún formato?

No, sin embargo ponemos a tú disposición el siguiente formato como guía y de ser necesario puedes entregarlo como escrito libre, disponible aquí.

Para el documento Modelo No. 4, directamente en ventanilla o lo puedes descargar aquí.

¿En cuánto tiempo obtengo una respuesta de resolución a este trámite?

El tiempo aproximado para este trámite es de 15 a 20 días hábiles.

¿Qué información necesito para llenar el formato que me solicitan?

Datos generales de la empresa, del armamento y las personas a las que se asignará.

¿Es necesario solicitar una cita?

No es necesaria una cita.

¿Qué pasaría si no realizo este trámite?

Estarías haciéndote acreedor a una sanción administrativa de acuerdo a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

¿Es necesario realizar otro trámite para poder llevar a cabo el actual?

No.