Comunicación Social

Ciudad de México, 1 de abril de 2021

Las autoridades mexicanas han otorgado un plazo hasta el 31 de mayo de 2021 para que puedan coexistir productos en punto de venta que cumplen con toda la información comercial y sanitaria en sus etiquetas, con aquellos que únicamente cumplen con el sistema de etiquetado frontal de la NOM-051.

Lo anterior porque a partir de este jueves 1 de abril, todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que se comercialicen al consumidor final deben incluir la nueva información en sus etiquetas para otorgar mayor claridad y veracidad a los consumidores mexicanos sobre su contenido.

En este sentido, el 31 de marzo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Acuerdo interinstitucional en el que la Secretaría de Economía y la Secretaría de Salud, a través de la Cofepris, y la Profeco otorgan un plazo al 31 de mayo de 2021, para que los productos que únicamente incluyen el sistema de etiquetado frontal coexistan con aquellos que ya cumplen con toda la información en sus etiquetas en el punto de venta al consumidor final.

Entre los cambios que los consumidores podrán identificar están: denominaciones más claras y con un tamaño visible al consumidor, productos que son IMITACIÓN, se retirará el uso de personajes, dibujos animados, entre otros, en productos con sellos, esto para no fomentar su consumo en niños. En la lista de ingredientes también estarán los azúcares añadidos, así como la declaración de alérgenos, y una declaración nutrimental con base a 100 gramos o 100 mililitros en todos los productos.