COMUNICACIÓN SOCIAL

Ciudad de México, 30 de noviembre de 2020.

Muy buenas tardes a todas y todos.

Saludo con gusto a Corin Robertson, embajadora del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en nuestro país;

A Bosco De la Vega, presidente del Consejo Nacional Agropecuario;

Y a los funcionarios y representantes de los Gobiernos del Reino Unido y de México que hoy nos acompañan.

Es un honor para mí darles la más cordial bienvenida a la Secretaría de Economía para celebrar la firma de este importante Acuerdo sobre el Reconocimiento Mutuo y la Protección de Denominaciones de Bebidas Espirituosas entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 

Este acuerdo reitera la voluntad compartida por imprimir certeza a nuestro intercambio comercial y por respetar las disciplinas del comercio internacional. Al mismo tiempo, otorga el marco legal idóneo para potenciar y diversificar la presencia de nuestros productos con denominación de origen.

En la actualidad, el Reino Unido se ha convertido en un importante destino para la exportación de Tequila y Mezcal. Por ello, representa un mercado atractivo para la incursión de las demás bebidas espirituosas mexicanas.

Cabe destacar que, en años recientes, la exportación de Tequila al mercado británico ha mostrado una tendencia al alza. Ejemplo de este crecimiento es el hecho de que, en 2019, Reino Unido se posicionó como el séptimo destino de exportaciones de Tequila nivel mundial, al importar 2 millones 28 mil 656 litros de este destilado.

El caso del Mezcal es muy similar. Desde 2013, el Reino Unido se encuentra dentro de los diez principales destinos de exportación y, desde 2017, se colocó como el tercero, solamente detrás de Estados Unidos y España. De acuerdo con información del Consejo Regulador del Mezcal, en 2019 se exportaron aproximadamente 192 mil 700 litros de Mezcal al Reino Unido, lo que representa un valor cercano a 223 millones de pesos.

Dada la importancia del sector de bebidas espirituosas, la protección a las denominaciones de origen en nuestro comercio bilateral no es nueva. Desde 1997, México y el Reino Unido han reconocido recíprocamente sus denominaciones de bebidas espirituosas, cuando se formalizó un acuerdo negociado entre nuestro país y la Comisión Europea. En un principio, dicho instrumento otorgó protección a las denominaciones mexicanas del Tequila y el Mezcal.

Posteriormente, conforme a lo dispuesto en el propio Acuerdo, la lista de denominaciones reconocidas se amplió en 2005, para incluir dos denominaciones mexicanas adicionales: la Charanda y el Sotol.

Finalmente, a principios de este año, tuve el honor de suscribir la actualización más reciente de la lista de denominaciones cubiertas, misma que incluyó la Bacanora y la Raicilla, cuya Declaración General de Protección se publicó el 28 de junio de 2019. De este modo, se incorporó el reconocimiento de todas las denominaciones de origen de las bebidas espirituosas.

No obstante, ante la próxima conclusión del plazo de transición para la salida del Reino Unido de la Unión Europea, surgió la necesidad de garantizar la continuidad de la protección mutua de las denominaciones incluidas en este instrumento internacional. En ese sentido, la firma del Acuerdo que hoy celebramos representa la exitosa conclusión de las negociaciones bilaterales en el sector de bebidas espirituosas. Quisiera aquí aprovechar la oportunidad para reconocer el extraordinario trabajo realizado por la subsecretaria de Comercio Exterior, Luz María de la Mora, y su equipo negociador, así como el apoyo invaluable de Juan Lozano, director general del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y todo su equipo.

En virtud de este nuevo instrumento, el Reino Unido reconoce a nuestras denominaciones de origen: Tequila, Mezcal, Sotol, Charanda, Bacanora y Raicilla, mientras que México reconoce las denominaciones de origen del Reino Unido: Scotch Whisky, Irish Whisky, Irish Whiskey, Irish Cream y Irish Poteen.

Asimismo, el instrumento que hoy suscribimos es dinámico. Además del establecimiento de un Comité Conjunto, integrado por funcionarios de cada país, encargado de velar por el correcto funcionamiento del Acuerdo y examinar todas las cuestiones que pueden surgir de su aplicación, se prevé la posibilidad de reconocer denominaciones nuevas que adquieran protección por cualquiera de las dos Partes, conforme a los procedimientos internos.

Los gobiernos de México y Reino Unido manifestamos nuestro compromiso con la protección de las bebidas espirituosas de ambos países contra la usurpación y la competencia desleal, promoviendo con ello el respeto a los derechos de propiedad industrial y beneficiando tanto a los productores como a los consumidores. Si bien nuestro punto de partida tiene que ver con el respeto a las reglas del comercio, este tipo de instrumentos reflejan también la importancia que ambos gobiernos atribuimos a la riqueza gastronómica y cultural de nuestros respectivos países.

Detrás de la elaboración de los productos protegidos con las denominaciones de origen hay cientos de años de tradición, cultura y esfuerzo por parte de los productores locales. Por ello, estas bebidas no representan únicamente un bien comercial, sino un auténtico acercamiento a la historia de nuestras naciones.

En conclusión, la suscripción de este Acuerdo constituye una muestra de que nuestros países buscan prolongar los mutuos beneficios de la relación comercial. Además, demuestra del interés genuino para que esta relación vaya de la mano con el respeto a nuestros productores nacionales, algunos de ellos herederos de métodos ancestrales.

Todo lo anterior nos permitirá llevar lo mejor de México a Reino Unido y traer lo mejor de Reino Unido a México.

Agradezco cumplidamente la atención de todos ustedes y su presencia hoy, aquí, en la Secretaría de Economía.

Muchas gracias. Thank you very much.