DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

México, D.F., a 18 de junio de 2014

Comunicado 080/14

 

•          Se impulsará la competitividad y la productividad del país al facilitar los acuerdos que dan origen a los contratos entre empresas, fomentando la libertad contractual y estimulando la actividad comercial.

•          Se fortalece el sistema de garantías mobiliarias, atendiendo a las mejores prácticas internacionales en la materia.

En el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Economía publicó la denominada “Miscelánea Mercantil”, paquete de cambios a diversas disposiciones del Código de Comercio y de las Leyes de Sociedades Mercantiles, de Fondos de Inversión, de Títulos y Operaciones de Crédito, de Derechos y Orgánica de la Administración Pública Federal.

Con estas modificaciones impulsadas por el H. Congreso de la Unión, las empresas podrán emitir convocatorias de asamblea y avisos con mayor facilidad y de forma gratuita a través de un sistema electrónico administrado por la Secretaría de Economía, lo que les permitirá ahorrar los recursos que anualmente destinaban al pago de estas publicaciones.

Otros beneficios importantes para las sociedades mercantiles son los siguientes:

·      Permite que las empresas realicen todas las actividades vinculadas a su objeto social sin necesidad de reformar sus estatutos.

·      Se establece expresamente la participación del corredor público en los actos mercantiles que se inscriben el Registro Público de Comercio.

·      Los administradores de las empresas deberán brindar confidencialidad sobre la  información a su resguardo, con lo que se garantiza mayor seguridad a los usuarios.

·      En las sociedades se reduce de 33 a 25 por ciento el capital social que representan los accionistas para la toma de decisiones, permitiendo a los grupos minoritarios tener mayor participación en las mismas.

·      Elimina restricciones para que los socios tomen acuerdos con mayor libertad.

Respecto a las Garantías Mobiliarias, los principales beneficios son:

·      Se hacen mejoras al Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) para facilitar a los usuarios su operación, tales como la descripción en la ley de un catálogo de garantías inscribibles.

·      Se simplifican las reglas para la ejecución de garantías mobiliarias.

·      Ante la carencia de registro, se prevé una inscripción de la prenda (del bien mueble) aun cuando el acreedor tenga la posesión del mismo, con el objeto de dar publicidad al gravamen y así atender mejores prácticas internacionales y lograr un sistema de publicidad eficiente.

·      Se hace obligatorio inscribir en el RUG los actos de arrendamiento, factoraje financiero y resoluciones judiciales y administrativas, fortaleciendo así la transparencia; y,

·      Se prevé un procedimiento expedito para la cancelación o modificación de una garantía.

 

Adicionalmente, se elimina el cobro de derechos por la presentación extemporánea de  avisos por el uso del permiso para constitución de sociedades o asociaciones y de cambio de denominación o razón social, y por la liquidación, fusión y escisión de sociedades mercantiles.

La miscelánea mercantil permitirá que a nivel internacional México brinde mejores condiciones económicas y jurídicas a las empresas y a sus inversiones, lo que permitirá avanzar entre 4 y 5 posiciones en el rubro de facilidad para hacer negocios del reporte Doing Business del Banco Mundial.