DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Río de Janeiro, Brasil, a 9 de marzo de 2015

Comunicado 020/15

 

  • Los Gobiernos de México y Brasil lograron un Acuerdo Satisfactorio para el Comercio Bilateral en el Sector Automotriz, acordando libre comercio a partir del 19 de marzo de 2019.
  • El Acuerdo permitirá mantener la posición privilegiada de México para exportar vehículos ligeros y autopartes libres de arancel a Brasil, en una industria que genera más de 700 mil empleos directos en México.
  • La Secretaría de Economía reconoce el liderazgo de la industria automotriz y de autopartes de México durante la negociación del Acuerdo.

Después de intensas negociaciones en apoyo a la Industria Automotriz de México, el Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal, suscribió hoy, en Río de Janeiro, un acuerdo con el Gobierno de Brasil para modificar el Acuerdo de Complementación Económica 55 (ACE 55).

El Secretario Ildefonso Guajardo y el Subsecretario de Comercio Exterior, Francisco de Rosenzweig, encabezaron la negociación, acompañados por la Embajadora de México en Brasil, Beatriz Paredes, y representantes de la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA) y la Industria Nacional de Autopartes (INA), presididas por Eduardo Solís y Óscar Albín, respectivamente.

Conforme a lo acordado, la modificación del ACE 55 establecerá compromisos de: I) cupos de exportación crecientes y libres de arancel para el comercio de vehículos ligeros; II) mantener el 35 por ciento de regla de origen en autopartes y vehículos ligeros para llegar al 40 por ciento en 2019, lo que permitirá fomentar una mayor integración productiva; III) vigencia de cuatro años (marzo 2015-marzo 2019); IV) el aplazamiento al 31 de diciembre de 2018 para acordar las modalidades, cupos y plazos para el libre comercio de vehículos pesados; y V) regreso al libre comercio a partir del 19 de marzo de 2019.

Los cupos acordados para vehículos ligeros parten del promedio anual de las exportaciones de México registrado en los últimos tres años al amparo de los cupos del Cuarto Protocolo Adicional del ACE 55 y que se aproxima al monto del cupo para el año 2015.

El Acuerdo alcanzado toma en cuenta el potencial exportador de México y el desempeño del mercado automotriz brasileño que, en 2014, registró contracciones anuales en la producción y exportaciones de 15.3%1 y 40.9%2, respectivamente, tendencia que se agudizó en el primer bimestre de 2015.

El Acuerdo modificatorio al ACE 55 entrará en vigor el 19 de marzo de 2015, con lo cual México mantendrá acceso privilegiado al mercado automotriz brasileño, al ser el único acuerdo de esta naturaleza de Brasil con un país no perteneciente al MERCOSUR3. El Acuerdo garantizará acceso libre de arancel para las exportaciones de vehículos ligeros de México a Brasil, en los términos siguientes:

  • 19 de marzo de 2015 al 18 de marzo de 2016: US$1,560 millones
  • 19 de marzo de 2016 al 18 de marzo de 2017: US$1,606 millones
  • 19 de marzo de 2017 al 18 de marzo de 2018: US$1,655 millones
  • 19 de marzo de 2018 al 18 de marzo de 2019: US$1,705 millones
  • A partir del 19 de marzo de 2019: libre comercio

Brasil es el principal socio comercial de México en América Latina al concentrar el 23% del comercio que realiza México con la región. En esta relación bilateral, el intercambio de vehículos y autopartes es fundamental, ya que el comercio automotriz representa casi la mitad (46%) de los flujos comerciales bilaterales (2014)4.

  • Comercio de vehículos México-Brasil US$1,965 millones
    • Exportaciones de México a Brasil: US$1,608 millones
    • Importaciones de México originarias de Brasil: US$356 millones
  • Comercio de autopartes México-Brasil US$2,011 millones
    • Exportaciones de México a Brasil: US$977 millones
    • Importaciones de México originarias de Brasil: US$1,034 millones


Referencias:

1 Associação Nacional dos Fabricantes de Veículos Automotores, ANFAVEA. <http://www.anfavea.com.br/index.html>
2 Idem.
3 Mercado Común del Sur (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela).
4 Banxico 2014.