• Asesoría jurídica: dando a conocer opciones para efectuar actividades propias del comercio.
  • Mediación: transmitiendo e intercambiando propuestas entre dos o más partes.
  • Valuación: estimando, cuantificando y valorando los bienes, servicios, derechos u obligaciones que se sometan a su consideración.
  • Arbitraje: solucionando controversias a solicitud de las partes.
  • Fe pública: haciendo constar los contratos, convenios y actos jurídicos de naturaleza mercantil, excepto cuando se trata de inmuebles y diversos hechos jurídicos como la ratificación de firmas, notificaciones, requerimientos y demás diligencias en las que se encuentre autorizado para intervenir.

Los beneficios que obtienes al solicitar los servicios de un Corredor Público son: asesoría jurídica personalizada; pactar libremente el monto de sus honorarios; seguridad de que ha garantizado el debido ejercicio de su función; y confianza de que los instrumentos públicos que formaliza son documentos públicos que hacen prueba plena.

En materia de Correduría Pública, la Secretaría de Economía cuenta con facultades para asegurar la eficacia del servicio que prestan, cuidando siempre la seguridad jurídica en los actos y hechos en que intervengan; examinar a las personas que busquen obtener la calidad de aspirantes a Corredores o a ejercer como Corredores Públicos; y supervisar la actuación de los Corredores Públicos y la de los Colegios de Corredores.

Consulta más información y el Directorio de Corredores Públicos a nivel nacional en la liga: https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/competitividad-y-normatividad-correduria-publica