El proceso de negociación para la Modernización del Pilar Comercial (TLCUEM) del “Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados Miembros, por una parte y los Estados Unidos Mexicanos, por otra” concluyó el 28 de abril de 2020, por lo que se encuentran en curso los procedimientos para la entrada en vigor del tratado modernizado, incluyendo la revisión legal y la traducción a los idiomas oficiales de la UE para su posterior aprobación por parte de los respectivos cuerpos legislativos.

Como parte del proceso de modernización, se negoció un capítulo de Propiedad Intelectual, el cual, entre otras cosas, busca el adecuado reconocimiento y protección a las Indicaciones Geográficas de las Partes. Se entiende por “Indicación Geográfica” el nombre de una zona geográfica o una denominación que contenga dicho nombre, que identifique un producto como originario de la misma, cuando determinada calidad, reputación u otra característica del producto sean atribuibles fundamentalmente a su origen geográfico. 

En el marco del proceso de negociación, el 10 de agosto de 2017, mediante aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Economía dio a conocer y sometió a consulta las indicaciones geográficas para las que la UE solicitó reconocimiento en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos. La protección de las Indicaciones Geográficas acordadas en el Capítulo comenzará una vez que entre en vigor el TLCUEM modernizado. 

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