El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza, y el Ministro de Transporte de Canadá, Marc Garneau, firmaron el Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Servicios Aéreos que mantienen ambos países, para complementar el marco que rige la operación aeronáutica entre las tres naciones de América del Norte.

Este es un acuerdo que abre las puertas para comunicarnos mejor, y para transportarnos mejor, para también tener mayores beneficios de naturaleza económica.

Además, este convenio prácticamente quita restricciones para efectos de destinos y frecuencias entre México y Canadá y sus aerolíneas que, sabemos, van avanzando bien porque hay más comunicación y estoy cierto que con la firma de este convenio va a enriquecerse aún más.

¿En qué consiste este Acuerdo?

El Protocolo Modificatorio en servicios aéreos entre México, Estados Unidos y ahora Canadá estarán regidos por normas similares, lo que robustecerá el desarrollo comercial y turístico entre los socios.

El principal cambio consiste en que se eliminan las restricciones en cuanto a frecuencia, capacidad y número de aerolíneas en la Tercera y Cuarta Libertad del Aire, limitadas por un par de ciudades; con la modificación cualquier aerolínea canadiense o mexicana podrá operar entre cualquier par de ciudades de ambas naciones.

Se establece la posibilidad de abrir una Quinta Libertad del Aire, previa negociación y acuerdo escrito entre ambas autoridades aeronáuticas, tal como ocurre en el caso del convenio México-Estados Unidos.

Los términos específicos de la Quinta Libertad del Aire permiten que una aerolínea mexicana vaya a Canadá, baje, recoja pasaje y siga hacia un tercer país; aeronaves canadienses podrían realizar la misma acción en territorio mexicano.

La firma de la Declaración Conjunta de Intención en el ámbito de sistemas de aeronaves pilotadas a distancia no tripuladas (drones) tiene por objetivo que ambas naciones fortalezcan y amplíen su cooperación en el ámbito de las naves no tripuladas, con énfasis en la seguridad y vigilancia de sus operaciones.

Para ello las partes intercambiarán información y cada una impulsará un marco jurídico para la seguridad operacional relacionada con los drones; además de que fomentarán el intercambio de capacitación y servicios aeronáuticos a las empresas del otro país.