Los beneficios de las Donatarias Autorizadas son:

  • Tributan para efectos fiscales como personas morales con fines no lucrativos.
  • No son contribuyentes del ISR ya que no buscan la generación de una utilidad.
  • Pueden recibir donativos sin límite, ya sea en efectivo o en especie, de residentes en el país o en el extranjero; deben expedir los comprobantes respectivos.
  • Pueden tener ingresos no relacionados con su objeto social, siempre que los mismos  sean menores a 50% de los ingresos totales del ejercicio.

Para ser una Donataria Autorizada se requiere:

  • Realizar la solicitud a través del Buzón Tributario.
  • Cumplir con los requisitos y condiciones establecidos.
  • Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.
  • Para la continuidad de la vigencia de la autorización debes cumplir con la presentación de todas tus declaraciones (la vigencia es anual).

Si quieres hacer una donación, te recomendamos verificar que la Donataria sea autorizada, cuáles son las actividades que realiza y exigir tu comprobante fiscal. Recuerda que lo puedes deducir.

Para que sea deducible la donación, es necesario que el donante verifique:

  • Que la Donataria esté autorizada.
  • Solicitar a la Donataria comprobantes fiscales que amparen los donativos y que estos cuenten con el complemento de Donatarias.

Para mayor información sobre el Régimen Fiscal de las Donatarias Autorizadas, puedes ingresar al minisitio de Donatarias Autorizadas en https://omawww.sat.gob.mx/donatariasautorizadas/Paginas/index.html, donde encontrarás información acerca de trámites, obligaciones, padrón de notarías y material adicional.

Donación transparente